CyMAT EMGA
La Comisión de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo se encuentra regulada en el Artículo N° 117, Capítulo II, Título VIII del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214/06 .
Es un instituto paritario integrado por representantes del Estado empleador y de las organizaciones sindicales de los trabajadores de la Administración Pública Nacional creado por RESOL-2020-371-APN-MD.
La Comisión tiene como finalidad promover el cumplimiento de las Leyes N° 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo y N° 24.557 de Riesgos del Trabajo, sus respectivas reglamentaciones y demás normas complementarias en la materia.
Está integrada por tres representantes titulares y tres suplentes por parte del Estado Empleador y por tres representantes titulares y tres suplentes por la parte gremial, conforme a lo establecido en el artículo 78° del CCTG.
Como Subdelegación, cumple con las siguientes funciones :
- Verificar el cumplimiento de la normativa aplicable en la respectiva jurisdicción o entidad descentralizada.
- Inspeccionar y relevar periódica y regularmente los lugares de trabajo a efectos de detectar riesgos físicos y prácticas peligrosas.
- Recibir las denuncias y procurar la solución en la jurisdicción o entidad descentralizada.
- Realizar capacitación continua.
- Informar a la Comisión, al menos anualmente, de sus actividades y resultados.
La Subdelegación depende de la CyMAT central, siendo este su órgano rector.
Internamente, los paritarios del Estado Empleador, reportan a la División Relaciones Laborales y Gremiales.
Recomendaciones de la Comisión de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo :
Contacto
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