Presidencia de la Nación

Consultá el Registro


Todos los funcionarios públicos deben registrar los obsequios o financiamientos de viajes que reciben, cuando las normas permiten su aceptación, con motivo o en ocasión de sus funciones.

Estos registros fueron creados por Decreto 1179/2016 (reglamentario del Artículo 18 de la Ley de Ética Pública 25188) y ambos funcionan desde el 16 de febrero de 2017 en el ámbito de la OA.

Consultá el registro de Obsequios y Viajes

Compromisos asumidos en el marco del Plan Nacional 2019-2023:

  • 104. Verificación del cumplimiento del Registro de obsequios a funcionarios públicos. Se implementarán mecanismos de control sobre la información declarada en el Registro para verificar el estricto cumplimiento de la norma, y se realizarán cruces de bases de datos de información como mecanismo de prevención de conflictos de intereses. Plazo: 2020-2021.
Activar: 
0
Scroll hacia arriba