Preguntas frecuentes para pasajeros- ANAC
Si sufriste un inconveniente con una línea aérea, antes de iniciar un reclamo leé atentamente la información que se detalla en esta página.
En esta página
- ¿En qué casos puedo reclamar ante la ANAC?
- ¿En qué casos NO puedo reclamar ante la ANAC?
- ¿Qué sucede si mi inconveniente se suscitó entre países o ciudades del extranjero?
- ¿Qué sucede si contraté a través de una agencia de viajes y la misma no me brinda información adecuada?
- ¿Qué sucede si tengo un inconveniente con la provisión de servicios abordo?
- ¿Qué sucede si una cancelación/demora fue producto de cuestiones meteorológicas o de fuerza mayor (ej. paro gremial sorpresivo)?
- ¿Puedo reclamar indemnizaciones (daño moral, lucro cesante, etc)?
- ¿Qué sucede si la empresa me asigna un nuevo asiento distinto al reservado?
- ¿Qué sucede si la empresa se niega al reintegro de un billete de pasaje o exige abonar cargos para modificar el mismo?
- ¿Qué sucede si quiero transferir mi pasaje a otra persona o cometí un error a la hora de informar o cargar mis datos personales?
- ¿Qué sucede si mi vuelo fue reprogramado?
- ¿Cuál es el plazo para reclamar por destrucción, pérdida, avería o retraso del equipaje?
¿En qué casos SÍ puedo reclamar ante la ANAC?
- Pasajes adquiridos por programas de acumulación de millas, puntos o kilómetros.
- Inconvenientes suscitados por promociones de contrato de transporte aéreo. (Promociones que tengan ver con el precio o modo de adquirir pasajes aéreos o canje de millas).
- Provisión de servicios a bordo (servicio accesorio al contrato de transporte aéreo)
- Reclamos vinculados a no prestación de servicios incidentales ante demoras mayores a 4 horas/cancelaciones (salvo cuestiones de fuerza mayor).
- Cancelaciones, demoras mayores a 4 horas, pérdidas de conexión (salvo cuestiones de fuerza mayor).
- Pérdida/rotura/retraso en la entrega del equipaje.
- Cobro de penalidades/denegación de reintegro, devolución o cambios cuando estén previstas en las condiciones tarifarias.
- Pasajeros que requieren asistencia especial y no es brindada, o bien es brindada deficientemente, por condiciones médicas particulares.
- Retracto/Arrepentimiento (Decreto 809/24)
- No show (no presentación a embarcar en el horario citado por la empresa).
- Incumplimiento ante la posibilidad de cambio de vuelo por cuestiones médicas debidamente justificadas.
¿En qué casos NO puedo reclamar ante la ANAC?
- Cobros duplicados o inconvenientes con tarjetas de crédito o inconvenientes comerciales
- Servicios turísticos contratados a terceros no vinculados con el contrato de transporte.
- Inconvenientes suscitados por promociones ajenas al contrato de transporte aéreo (Solo en la medida que estas promociones no tengan que ver con el precio o modo de adquirir pasajes aéreos o canje de millas).
- Pedidos de indemnización por daños y perjuicios (competencia de la Justicia Federal).
- Operaciones de transporte aéreo que no incluyen puntos en nuestro país, atento no ejercer la fiscalización de dichas operaciones.
¿Qué sucede si mi inconveniente se suscitó entre países o ciudades del extranjero?
De acuerdo al Artículo 1° del Código Aeronáutico la competencia de la ANAC se circunscribe a las operaciones de transporte aéreo que tengan partida o destino en los Aeropuertos/Aeródromos de la República Argentina, por lo que no puede intervenir en el control sobre posibles incumplimientos en vuelos que unen ciudades o países del extranjero.
¿Qué sucede si tengo un inconveniente con los servicios turísticos no propios de la línea aérea?
Con relación a los servicios turísticos contratados en destino que no pudieron ser utilizados o con los que se han suscitado inconvenientes, se informa que en el ámbito administrativo no es factible asignar responsabilidad a los transportadores aéreos por servicios de terceros, no vinculados al contrato de transporte aéreo.
¿Qué sucede si una cancelación/demora fue producto de cuestiones meteorológicas o de fuerza mayor (ej. paro gremial sorpresivo)?
Cuando se producen cancelaciones/demoras por causas no imputables a la Empresa o que la aerolínea no ha podido prever, la obligación de prestar servicios incidentales no procede, siendo sólo exigible la de reencaminar al pasajero a destino, o bien la inmediata devolución si correspondiere, del precio del contrato del transporte no utilizado y conforme a las modalidades de pago efectuadas.
Te recomendamos que completes tus otros datos (estudios, experiencias, cursos, etc.) para que las empresas cuenten con más datos tuyos para tomar la decisión.
¿Puedo reclamar indemnizaciones (daño moral, lucro cesante, etc)?]
Para eventuales requerimientos de indemnizaciones por perjuicios sufridos, resulta competente la Justicia Federal, ante quien deben iniciarse las demandas correspondientes.
¿Qué sucede si la empresa se niega al reintegro de un billete de pasaje o exige abonar cargos para modificar el mismo?
Al respecto, se hace saber que la normativa vigente faculta al transportador a construir tarifas que limiten o excluyan el derecho del pasajero a cambiar o cancelar reservas. Por tanto, la aplicación de penalidades para realizar modificaciones/devoluciones así como la negativa a efectuarlas son admisibles, en tanto hayan sido consideradas parte del contrato.
Las tarifas denominadas “PROMOCIONABLES” son las que mayores restricciones poseen. Dichas condiciones/restricciones suelen estar indicadas en el ángulo superior izquierdo del billete de pasaje, generalmente en idioma inglés, salvo que se haya adquirido a través de la página web del transportador donde se encuentran explicitas al momento de elegir el pasaje y antes de realizar el pago.
¿Qué sucede si quiero transferir mi pasaje a otra persona o cometí un error a la hora de informar o cargar mis datos personales?
La condición de transferible o intransferible del contrato de transporte aéreo es determinada por el transportador en sus regulaciones, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente. En razón de ello, resultan admisibles tanto la negativa a transferir un pasaje como el cobro de penalidades para realizar el cambio, teniendo en cuenta que la modificación/corrección del nombre del titular del contrato es equiparable al endoso.
Cabe agregar que la posibilidad de realizar modificaciones en el contrato de transporte aéreo y/o de obtener la devolución de su precio se vincula con la clase de la tarifa abonada, siendo las tarifas más económicas las que mayores restricciones presentan.
¿Qué sucede si mi vuelo fue reprogramado?
El transportador puede realizar modificaciones en los vuelos programados, en tanto las comunique a esta autoridad aerocomercial con una antelación de 48 hs.
No obstante ello, en tales casos, el pasajero tendrá derecho a ser trasladado a destino a través de distintas alternativas o a percibir el reintegro del pasaje no utilizado.
¿Cuál es el plazo para reclamar por destrucción, pérdida, avería o retraso del equipaje?
- Vuelos internos o de cabotaje: Deberá reclamar por escrito ante la compañía aérea dentro de los TRES (3) días contados de su entrega en caso de daños en el equipaje y SIETE (7) días para casos de pérdida, destrucción o retardo en la entrega del equipaje o mercancías.
- Vuelos Internacionales: Deberá reclamar por escrito ante la compañía aérea dentro de los SIETE (7) días contados de su entrega en caso de daños en el equipaje y CATORCE (14) días para casos de pérdida, destrucción o retardo en la entrega del equipaje o mercancías.
- La falta de reclamo dentro de los plazos indicados hará presumir que se entregaron en buen estado salvo prueba en contrario.