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Información General


La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) define a la Aviación General como a la aviación que no es comercial, entendiendo por aviación comercial al transporte de pasajeros, carga y correo.

La ANAC coordina las funciones y facultades referidas a la Aviación General a través del Departamento de Planificación y Coordinación Aeronáutica dependiente de la Unidad de Planificación y Control de Gestión.

En lo que respecta a la Aviación General la ANAC tiene, entre sus funciones y facultades establecidas de conformidad con el Decreto 1770/2007 de fecha 29 de noviembre de 2007, las de:

  • Realizar las acciones necesarias competentes a la Autoridad Aeronáutica derivadas del Código Aeronáutico, las Regulaciones Aeronáuticas, Convenios y Acuerdos Internacionales, Reglamento del Aire y demás normativas y disposiciones vigentes, tanto nacionales como internacionales.

  • Ejercer la fiscalización y control de los aeródromos públicos y privados del territorio nacional, los servicios de navegación aérea, las habilitaciones y licencias conferidas, la aeronavegabilidad, las operaciones efectuadas a las aeronaves, el trabajo y transporte aéreo, la explotación de servicios aeronáuticos, el tránsito aéreo y las comunicaciones, la capacitación, formación y entrenamiento del personal de servicios aeronáuticos, los aeroclubes e instituciones aerodeportivas que resulten materia de su competencia, las actividades generales de la Aviación Civil el cumplimiento tanto de la normativa vigente, como de los acuerdos y convenios nacionales e internacionales suscriptos y que se suscriban en el futuro por la REPUBLICA ARGENTINA.

  • Intervenir en la elaboración de proyectos normativos vinculados a la materia de su competencia, propiciando su revisión y actualización periódica de los reglamentos y procedimientos.

  • Desarrollar un sistema institucional que promueva políticas y planes estratégicos, que regulen el desarrollo y/o el fomento del transporte de la aeronavegación civil, comercial y general. 5. Elaborar y aprobar la planificación a corto, mediano y largo plazo de la Aviación Civil en materia de servicios aeroportuarios y de seguridad aérea, de servicios de seguridad y fomento a la aviación, de regulación aeronáutica, de controles, certificaciones y fiscalizaciones que establezca la normativa vigente, así como también las actividades de gestión interna.

  • Estimular la aeronavegación, dentro de un marco compatible con el normal desarrollo de la vida de la comunidad y de protección del medio ambiente, de los usuarios y consumidores de los servicios aeronáuticos, adoptando las medidas de control necesarias para optimizar la seguridad de los vuelos y aplicando las sanciones correspondientes.

  • Disponer la habilitación, fiscalización y registro de licencias y certificaciones del personal de servicios aeronáuticos, de material aeronáutico, de aeronaves, aeroclubes e instituciones aerodeportivas, operaciones de aeronaves, de aeródromos e infraestructura aeronáutica.

  • Promover y apoyar las actividades industriales, de investigación y desarrollo de sistemas para el espacio aéreo, las ciencias y técnicas de aplicación a la aeronáutica civil, coordinando a tal efecto su acción con las autoridades o instituciones educativas correspondientes.

  • Recaudar y administrar las tasas por servicios de tránsito aéreo y aplicar multas por faltas al Código Aeronáutico y a las normas vigentes sobre faltas e infracciones, quedando sujeta al control de los organismos competentes del Gobierno Nacional. Dichos recursos serán asignados inicialmente al presupuesto de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC) para financiar su funcionamiento.

Departamento de Planificación y Coordinación Aeronáutica dentro de la Unidad de Planificación y Control de Gestión

Para facilitar la planificación a mediano y largo plazo, la eficiente adjudicación de recursos y el mejoramiento de la gestión administrativa que asegure los principios de celeridad, economía y eficacia en los trámites y procesos administrativos en todo lo referido a la Aviación General y teniendo en cuenta los resultados plasmados en las Primeras Jornadas con la Aviación General desarrolladas en el Aeropuerto de Morón en el año 2011, se modificó la estructura organizativa de la Unidad de Planificación y Control de Gestión de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL y se creó el Departamento de Planificación y Coordinación Aeronáutica que tiene a su cargo la planificación y coordinación de las actividades vinculadas con la aviación.

Dentro de las actividades y especialidades que integran el concepto de aviación, se encuentran, además de las concernientes al transporte aerocomercial, las siguientes: trabajo aéreo (agro aéreos/aero aplicación, publicidad aérea, fotografía, prospección minera, etc.); aero deportivas (vuelo mecánico con avión/aeroclubes, volovelismo/clubes de vuelo a vela); aerostatos (globos y dirigibles); alas rotativas (helicópteros, autogiros, etc.); acrobacia aérea; ultralivianos; históricos y experimentales; aerodinos (otros), paracaidismo; radiocontrol; escuelas de vuelo e instrucción (escuelas de vuelo mecánico con avión, escuelas teóricas sin avión, centros de capacitación, centros de entrenadores y simuladores de vuelo, escuelas de técnicos aeronáuticos y universidades aeronáuticas); aviación ejecutiva o corporativa; aviación privada (aviones de uso particular); direcciones provinciales de aviación; e industria aeronáutica privada de aviación general (fabricantes de aeronaves, equipos, partes y repuestos aeronáuticos, talleres de reparación y mantenimiento de aviación general, y centros de diseño, ingeniería e investigación y desarrollo).

Son funciones del Departamento de Planificación y Coordinación Aeronáutica las siguientes:

  • Elaborar los proyectos de modificación y/o actualización de toda norma o reglamentación aplicable a la actividad aeronáutica.

  • Asistir en la administración y fiscalización de los bienes sujetos a subvención que sean entregados por la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) a los aeroclubes, clubes de planeadores, entidades aerodeportivas, operadores de trabajo aéreo, escuelas de vuelo e industria aeronáutica privada de la aviación general, velando por su adecuado uso, mantenimiento, alta y baja patrimonial hasta su disposición final y proponer cualquier tipo de modificación, transferencia o cancelación de la subvención de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.

  • Intervenir en todo lo relacionado con el impulso, auspicio y promoción de la aeronáutica civil, en coordinación con el Consejo de la Industria Aeronáutica Privada, a efectos de impulsar la producción nacional de todo el material necesario para el desarrollo de aeronáutica civil, así como las tareas y actividades relacionadas con el diseño, ensayos, certificación, investigación y desarrollo aeroespacial argentino.

  • Coordinar con el Departamento de Prensa dependiente de la UNIDAD DE RELACIONES INSTITUCIONALES, las acciones de prensa, promoción y difusión que sean de interés para al fomento de la aeronáutica civil, en el ámbito nacional, regional e internacional.

  • Coordinar con las áreas competentes, las solicitudes de autorización para la realización de todo evento aéreo, demostración aérea o congreso aerodeportivo; la realización de actividades de apoyo a la promoción internacional de la industria aeronáutica nacional y la participación en competencias aerodeportivas.

  • Coordinar la formulación de propuestas para su inclusión en los temarios de las conferencias nacionales, regionales o internacionales impulsadas por la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI) y otras autoridades aeronáuticas con las cuales la REPÚBLICA ARGENTINA celebre convenios especiales sobre la materia.

  • Coordinar con los organismos competentes del ESTADO NACIONAL la viabilidad de los requerimientos que promuevan el desarrollo de la aeronáutica civil, presentados de oficio o a propuesta de las entidades representativas del sector y reconocidas por la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC).

  • Elaborar los planes y programas de supervisión y control de las actividades aeronáuticas sujetas a subvención, mediante la confección de informes específicos que permitan obtener datos estadísticos actualizados para una correcta toma de decisiones.

El “Programa Nacional Para El Fomento De La Aviación Civil Argentina”

A fin de dar cumplimiento con las funciones y facultades de la ANAC en lo referente al desarrollo de la aviación, con fecha 17 de julio de 2012, el Administrador Nacional sancionó la Resolución 474/2012 en virtud de la cual instruyó a la Unidad de Planificación y Control de Gestión, a elaborar el Programa Nacional para el Fomento de la Aviación Civil Argentina con los siguientes cuatro lineamientos básicos:

  1. Campaña de Divulgación de la Actividad Aeronáutica Civil – Aspectos Recreativos – Potencial Salida Laboral.
  2. Modernización del Parque Aeronáutico Argentino de Escuelas de Vuelo e Instituciones Aerodeportivas.
  3. Creación de la Escuela Nacional de Capacitación Aeronáutica – Proyecto de Unificación de los Contenidos de los Programas para la Capacitación y Formación de Pilotos.
  4. Sinergización Estratégica del Potencial Nacional en Materia de Diseño, Desarrollo y Producción Aeronáutica.

Dichos lineamientos fueron aprobados con motivo de un relevamiento exhaustivo que se hizo a lo largo y ancho de la Republica Argentina donde se detectaron las deficiencias existentes en materia de aviación general, siendo una de las principales, la falta de financiamiento no solo para la renovación del parque aeronáutico general argentino sino también para el desarrollo y fomento de la aviación en todas sus especies.

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