Presidencia de la Nación

Convalidación de certificado tipo suplementario


Convalidación de instalación de un STC en una aeronave de Aviación General

Para este caso se debe referir a la Circular de Asesoramiento 43.34 Cambio 1. En el punto 10 (b) está explicado cómo debe procederse para efectuar una alteración sobre una aeronave con datos aprobados.

Los pasos son los siguientes:

  • Abonar el arancel correspondiente, presentando el formulario 8130-20.
  • Presentar un Informe Técnico de Alteración (ITA), describiendo: los datos de la aeronave, una breve descripción de la alteración, de cómo esta va a ser realizada, y cualquier otra cosa relevante (modificaciones al manual de vuelo, necesidad de realizar nuevo peso y balanceo, cambio sobre el programa de inspección, etc.).
    Una vez analizado el ITA la Dirección de Aeronavegabilidad autorizará al taller a realizar la incorporación del STC y efectuará una inspección de conformidad final sobre la aeronave.

¿Y para regularizar la instalación de equipamiento en una aeronave?

De igual manera que para un STC, se debe proceder de acuerdo a la CA 43.34 cambio 1, solo que esta vez se operará sobre datos “no aprobados”, (punto 10 (c)) por lo que el ITA presentado deberá contener la información necesaria para definir y sustanciar la alteración, cumpliendo con los estándares de aeronavegabilidad aplicables en cada caso.


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CA 43.34 Cambio 1 (678.7 Kb)

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