Presidencia de la Nación

Misiones y funciones


¿Quiénes somos?

El Tribunal de Tasaciones de la Nación es un organismo técnico de carácter permanente dirigido por profesionales propuestos tanto por el Estado como por entidades profesionales privadas, que tiene por misión primaria establecer los valores objetivos de los bienes cuya adquisición, enajenación, locación o valor contable, sea requerido por el Poder Judicial de la Nación y por organismos nacionales, binacionales o multinacionales de los cuales el Estado Nacional sea parte, así como por Estados provinciales o municipales, para sí o para aquellos entes a los cuales supervisan, controlan o auditan. Asimismo, realiza las tasaciones que le sean requeridas por cualquier persona física o jurídica.


¿Quién es la máxima autoridad?

La máxima autoridad del organismo es el Plenario del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, que se encuentra establecido en el Artículo 3° de la Ley 21.626. A su vez, las funciones del Presidente del organismo se encuentran definidas en el Artículo 4° de la mencionada Ley.


¿Qué hacemos?

  • Actuar como organismo rector en el ámbito de las tasaciones, estableciendo normas y métodos de alcance nacional.
  • Proseguir realizando las tasaciones que le sean requeridas por organismos públicos, cuyo objeto sea la adquisición, enajenación o locación de bienes y por la aplicación de las Leyes Nº 21.499 Nacional de Expropiaciones; Nº 23.985 Bienes Inmuebles de las Fuerzas Armadas ; Nº 24.159 Inmuebles de las Fuerzas de Seguridad; Nº 24.283 de Actualización del Valor de Bienes y Plan Arraigo y el Decreto Nº 436/00 sobre Contrataciones del Estado.
  • Realizar las tasaciones por expropiaciones solicitadas, fundamentalmente, por el Poder Judicial de la Nación o para obras públicas encaradas por el Estado Nacional.
  • Cuantificar las indemnizaciones por servidumbres administrativas de ductos.
  • Determinar los valores técnicos para fines contables de la totalidad de los bienes inmuebles de dominio público y privado a cargo de las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional, en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
  • Practicar las tasaciones que le sean requeridas por cualquier persona física o jurídica, cualquiera sea la materia y la jurisdicción, a propuesta de las partes o por designación de oficio.
  • Constituirse en tribunal arbitral en carácter de mediador o participar como árbitro a los fines de solucionar conflictos suscitados sobre bienes muebles e inmuebles, a instancia del Poder Judicial o del área del Poder Ejecutivo Nacional con competencia en la materia.
  • Llevar a cabo las acciones necesarias a fin de establecer el Registro Nacional de Tasadores.
  • Continuar con el proceso de informatización mediante el desarrollo del Sistema Informático de Tasaciones de la Nación (SITAN), el cual proporciona información técnica y estadística de los bienes cuyo valor actualizado sea solicitado al mismo, permitiendo acelerar los tiempos de respuesta a los distintos pedidos realizados.
  • Mejorar la eficiencia y la eficacia del accionar institucional actualizando y perfeccionando los criterios técnicos y las metodologías de trabajo a utilizar en cumplimiento de las tareas encomendadas, adaptando al mismo tiempo, la estructura del organismo a las actuales demandas.
  • Potenciar el control interno sobre la gestión del organismo a fin de tornar cada vez más transparentes los mecanismos de obtención, aplicación y control del uso de los recursos públicos en función de los objetivos y políticas definidas, instrumentando indicadores objetivos cuantificables, periódicos y medibles propicios a tal fin.
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