Este Programa permite a las empresas entrenar aprendices en un puesto de trabajo a través de un proceso de aprendizaje práctico, compartiendo el costo de la formación con la Secretaría de Trabajo.
Para acceder al Programa, las empresas tienen que incorporar en sus propuestas formativas a trabajadores desocupados mayores de 18 años pertenecientes a distintos programas nacionales.
Durante el desarrollo del proceso formativo no se establece una relación laboral entre la empresa y los trabajadores, sino un acuerdo de entrenamiento. Luego, si la empresa decide incorporar a estos aprendices ya entrenados, obtiene un beneficio económico por su contratación. Esto puede hacerse a través del programa de Inserción Laboral.
¿A quiénes está dirigido?
1. A todas las empresas del país, no importa su tamaño.
2. A trabajadores desocupados mayores de 18 años pertenecientes a distintos programas nacionales:
- Participantes de programas de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación,
- Participantes del programa ACOMPAÑAR de la Subsecretaría de Protección contra la Violencia de Género de la Nación,
- Participantes de programas del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina (PROGRESAR) de la Secretaría de Educación de la Nación.
Beneficios
Los trabajadores desocupados que participan de la formación reciben una ayuda económica mensual a cargo de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (STEySS) o en forma conjunta con la empresa, dependiendo de su tamaño.
La ayuda económica que brinda el STEySS es mayor cuanto más pequeña es la empresa.
Montos
Referencias
Microempresas: 0 a 5 trabajadores registrados
Pequeñas empresas: 6 a 15 trabajadores/as registrados
Medianas empresas: 16 a 80 trabajadores/as registrados
Grandes empresas: más de 80 trabajadores/as registrados
Aportes | Micro Empresas | Pequeñas Empresas | Medianas Empresas | Grandes Empresas |
---|---|---|---|---|
STEySS | $ 190.000* | $ 160.000 | $ 160.000 | $ 105.000 |
Empresa | $ 0 | $ 30.000 | $ 30.000 | $ 85.000 |
*Este monto está contemplado para microempresas o unidades productivas incluidas en el Programa Trabajo Autogestionado, el Programa de Empleo Independiente, Entramados Productivos Locales o, bien, unidades productivas encuadrables en el Programa Empleo Verde.
En caso que la persona que realice las acciones de entrenamiento para el trabajo esté inscripta en el Programa Volver al Trabajo, el monto de la asignación dineraria mensual se equipará a la mencionada en el cuadro.
El aporte realizado por la Secretaría de Trabajo de la Nación se abona a los participantes en cuenta bancaria. En todos los casos, las empresas tienen la opción de asumir a su exclusivo cargo el pago a los participantes de la totalidad de la ayuda económica no remunerativa mensual.
Entrenamiento para el trabajo en instituciones sin fines de lucro
Quienes realicen acciones de entrenamiento para el trabajo en instituciones sin fines de lucro percibirán una ayuda económica mensual no remunerativa a cargo de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de hasta $90.000.
Requisitos para las empresas
- Brindar una cobertura de riesgos del trabajo y una cobertura de salud que garantice el Programa Médico Obligatorio a los/as participantes.
- Abonar parte de la ayuda económica que reciben los aprendices (excepto las microempresas).
- Brindar la infraestructura, equipamiento, insumos, herramientas y ropa de trabajo necesarios para el desarrollo de las actividades.
- Informar a los participantes todos los derechos, obligaciones y requisitos derivados de su participación en las acciones que componen el proyecto.
- Garantizar a los participantes un contexto de aprendizaje libre de violencia de género y acoso.
- Designar la cantidad de tutores que corresponda, según dotación y cantidad de participantes.
Inscripción
Empresas
- Podrán realizar la gestión de este beneficio a través del Portal Empleo. Una vez registradas en el portal, deberán generar una oferta de entrenamiento y seleccionar a un trabajador que cumpla con el perfil requerido.
Trabajadores
- Podrán inscribirse a través del Portal Empleo. Una vez registrados en el portal, deberán registrar su historia laboral y, luego, postularse a una oferta de Entrenamiento para el Trabajo.
Las empresas dispondrán de un cupo máximo de participantes a entrenar según tamaño por dotación y por cantidad de personas incorporadas de manera registrada.
Normativa
Tipo | Número | Descripción | Ver |
---|---|---|---|
Resolución | 708/2010 | Creación de Acciones de Entrenamiento para el Trabajo | ver |
Resolución | 905/2010 | Reglamento de las Acciones de Entrenamiento para el Trabajo | ver |