Presidencia de la Nación

Penalidades por incumplimiento para caducidad de Crédito Fiscal


Cuando se detectare algún incumplimiento de las obligaciones asumidas por parte de una empresa o cooperativa responsable, la Secretaría de Empleo podrá disponer, previa comunicación y correspondiente descargo, la caducidad total o parcial del certificado de Crédito Fiscal otorgado.

Cuando el incumplimiento se produjera en la etapa de ejecución de una propuesta, la Secretaría podrá aplicar, además de la caducidad del beneficio otorgado, las medidas correctivas, compensatorias o sancionatorias que correspondiesen.

La aplicación de tales medidas no obstará el ejercicio por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de las acciones judiciales que correspondan de acuerdo a la gravedad de los hechos y a su calificación legal.

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