Presidencia de la Nación

Rentas Previsionales: Tasa testigo del Conjunto de Inversiones


La Comunicación de la "Tasa Testigo del Conjunto de Inversiones en Rentas Vitalicias" se realiza desde abril de 2002, es de cálculo mensual y de aplicación exclusiva a las Rentas Vitalicias.


Nómina de las últimas Comunicaciones SSN sobre Tasa Testigo de Inversiones:

Año Mes Circular Tasa

Evolución del valor de la TASA TESTIGO
desde 1988 al 2022


¿QUÉ ES LA "TASA TESTIGO"?

La Resolución SSN Nº 19.106, en su Artículo 13, Inciso a), determinó el uso de un "Conjunto Testigo de Inversiones" cuyo rendimiento sería tomado como ajuste mínimo de las Reservas Matemáticas, las Rentas Potenciales Adquiridas, los Rescates y las Primas de los Seguros de Retiro celebrados en moneda de curso legal.

A fin de estipular los mecanismos para el cálculo del rendimiento de ese "Conjunto", la Superintendencia de Seguros de la Nación fue emitiendo en el tiempo diversas normas sobre los aspectos técnicos de su cálculo mensual, cuyos resultados se difundieron a través de Circulares conocidas bajo la denominación "Tasa Testigo del Conjunto de Inversiones en Seguros de Retiro". La norma vigente se encuentra en la Comunicación Nº 1172 (Marzo 2006).

En plena crisis económica financiera del 2001 / 2002, para los Seguros de Retiro convencionales (Individual o Colectivo), el valor mínimo con el cual se debían ajustar las cifras mencionadas, se derivó a la denominada "Tasa de Interés Técnica" que cada compañía haya pactado con sus asegurados, y se continuó realizando el cálculo mensual para su aplicación exclusiva a las Rentas Vitalicias derivadas de las leyes 24241 y 24557.

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