Presidencia de la Nación

Una vez que inscribiste tu entidad civil o sociedad comercial, deberás rubricar los libros obligatorios.

¿Qué necesito?

  • Formulario de rúbrica de libros .

  • Tener habilitado el servicio Trámites a distancia a través de AFIP utilizando clave fiscal nivel 2 o superior o Mi Argentina

  • Tener a mano el número de Correlativo, CUIT, denominación y tipo de entidad.

  • En el mismo trámite podrás realizar hasta 5 rúbricas (de un mismo libro o de varios libros). Deberás tener a mano los libros a rubricar porque vas a tener que completar la cantidad de páginas o fojas que trae, si es un libro copiador o no.

  • Si vas a rubricar un libro continuador porque estás a punto de terminar el anterior, tené a mano el número de la oblea y la cantidad de fojas o páginas libres que quedan disponibles del libro.

¿Cómo hago?

  1. Ingresá a TAD y seleccioná el tipo de trámite: podés optar por el trámite común o urgente

  2. Completá el formulario, verificá tus datos y realizá el pago.

  3. Una vez finalizado el trámite, se enviará una notificación a través de la plataforma TAD. Para visualizarla, deberás ingresar a la solapa “Notificaciones”, del Buzón “Notificaciones”.
    Desde la solapa “Documentos Externos” podrás descargar el documento notificado.
    En Descargas de esta sección tenés disponible el Instructivo de Notificación de Trámite finalizado.

¿Cuánto tiempo lleva?

¿Cuál es el costo?

Información complementaria

Los detalles y requisitos de los trámites se encuentran especificados en el LIBRO IX de la Resolución General IGJ 07/2015.

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