Si como persona jubilada tenés la posibilidad de reingresar al mercado laboral (ya sea en relación de dependencia o como autónoma), podrás percibir tus haberes sin ninguna limitación, aunque vas a tener que realizar los aportes y contribuciones previsionales del sueldo como personal activo.
Tené presente que este regreso al mundo del trabajo no te brindará ningún derecho a reajuste del haber jubilatorio.
¿A quién está dirigido?
A las personas ya jubiladas que desean regresar a la actividad laboral, sea en relación de dependencia o como autónomos.
Situaciones especiales
Si cobrás:
Una jubilación por invalidez, jubilación por regímenes especiales, referentes a tareas penosas, riesgosas o insalubres, o un subsidio complementario, no podrás desempeñarte nuevamente en relación de dependencia, sólo podés volver a la actividad en forma autónoma. Si lo hicieras, se te suspendería el pago de los haberes correspondientes a la prestación previsional otorgada.
Una prestación previsional o haber de retiro (nacional, provincial o municipal), y te desempeñás en la administración pública simultáneamente, deberás optar entre una u otra.
¿Qué necesito?
¿Cómo hago?
Acercate a la oficina de ANSES más cercana a tu domicilio, sin turno previo.
Presentá la documentación requerida y declará la vuelta a la actividad.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito