Presidencia de la Nación

Tramitación de Ingreso Electrónica - Pasantes

Art. 24 inc. h) de la Ley 25871 y Art. 5 inc. f) de la Disposición DNM N°2040/2019.

En linea

Extranjeros nativos o naturalizados de un país ajeno al MERCOSUR que en virtud de:

  • un convenio internacional, suscripto entre una entidad educativa nacional, pública o privada, reconocida oficialmente y una entidad educativa extranjera, sea requerido para ingresar al Territorio Nacional a fin de realizar prácticas relacionadas con su estudio, formación y especialización.

  • un convenio internacional, suscripto entre una entidad educativa extranjera pública o privada reconocida oficialmente y una empresa con personería jurídica radicada en la República Argentina sea requerido para ingresar al Territorio Nacional a fin de realizar prácticas relacionadas con su estudio, formación y especialización.

  • ser requerido para ingresar o permanecer en el Territorio Nacional, por una Empresa Estatal u Organismo Público a fin de desarrollar una pasantía educativa en el marco de las competencias propias del organismo requirente.

¿A quién está dirigido?

  • El lngresante
  • El Requierente: Entidad, organismo o persona jurídica inscripta en el Re.N.U.R.E.

¿Qué necesito?

Del Requirente
- Constancia de Inscripción en el Registro Nacional Único de Requirentes (Re.N.U.R.E.). (original y copia).

Del Ingresante

  • Constancia de inscripción electrónica al curso pretendido suscripta por el responsable de la entidad educativa, que se encuentre registrado ante el Re.N.U.R.E. para tales fines.

  • Pasaporte válido y vigente del ingresante. (Imagen de la/s hoja/s con los datos personales y foto – Formato JPG)

  • Foto del ingresante (foto formal del rostro, con fondo blanco, debe ser tomada al momento de la carga del trámite, y no la imagen de otra foto- Formato JPG)

  • Convenio de la pasantía.

  • En el caso de estudiantes menores, deberán presentar autorización de sus padres y acreditar la designación de un representante legal en el Territorio Nacional.

Toda documentación expedida en el extranjero deberá contar con la legalización del Consulado Argentino, sito en el país emisor del documento, o Apostillada, si el país hubiera ratificado el Convenio de La Haya, y su correspondiente traducción al idioma español.

¿Cómo hago?

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Inicia tu trámite a distancia ingresando en Tramitación de Ingreso Electrónico- TIE 24H

2

Tenes que adjuntar la documentación y datos requeridos según el tipo de ingreso que solicites.

3

Una vez resuelto el trámite, recibirás una notificación mediante correo electrónico con la constancia de la autorización de ingreso, la cual deberás exhibir al inspector al momento de someterse al control migratorio cuando ingreses a la República Argentina.

¿Cuál es el costo del trámite?

Tasa Migratoria
U.C. 80.-
Arancel Consular
U.C. 80.-
Las Unidades Consulares (U.C.) se abonan en USD o Euros, según corresponda.

Vigencia

1 meses

Residencia transitoria especial por el plazo de permanencia autorizada de hasta UN (1) mes.



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