Presidencia de la Nación

Trámite destinado a evaluar la naturaleza laboral de la enfermedad coronavirus COVID-19.

¿A quién está dirigido?

A las personas, o sus derechohabientes, que pretendan el reconocimiento de la enfermedad Coronavirus COVID-19 como de carácter profesional y que se encuentren en dentro de los siguientes:

  • Se le diagnosticó Coronavirus COVID-19, con el correspondiente estudio médico.
  • Se denunció la enfermedad a la ART/EA.
  • La ART/EA le otorgó el alta médica.
  • La PMI tiene fecha anterior al 31/12/21 (excepto personal policial y médico que es hasta el 29 de febrero de 2024)

¿Qué necesito?

  • Escrito de presentación (OBLIGATORIO) – con los requisitos de la Res. SRT N° 10/2021) que deberá contener:

    • Descripción del puesto de trabajo, funciones, actividades o tareas habituales desarrolladas efectivamente en el lugar habitual de trabajo, fuera del domicilio particular, en los términos del artículo 7° del Decreto de Necesidad y Urgencia (D.N.U.) 39 de fecha 22 de enero de 2021 y de la presente resolución, así como las jornadas trabajadas entre los TRES (3) y CATORCE (14) días previos a la primera manifestación de síntomas (Declaración Jurada Anexo de Firma Conjunta IF-2021-21059535-APN-GACM#SRT).

    • El fundamento de la relación de causalidad directa e inmediata de la enfermedad denunciada COVID-19 con el trabajo efectuado, en caso de corresponder.

  • Documentos del trabajador (Obligatorio) – Copia del DNI Anverso y reverso, legible y actualizado.

    Los derechohabientes deberán, además, presentar acta de defunción y documentación que acredite identidad y el vínculo invocado de los pretensos derechohabientes.

  • Documentos del abogado (Patrocinante o Apoderado) (Obligatorio)

    • Credencial profesional de la jurisdicción y DNI (copia legible del anverso y reverso).
    • Si actúa como apoderado adjuntar la documentación que acredite tal carácter.
  • Constancia de alta médica otorgada por ART/EA - (Obligatorio)

  • Constancia de dispensa expresa otorgada por el empleador (Res. SRT N° 38/20) para los casos con PMI anterior al 23/01/2021) - (OBLIGATORIO).

    En la constancia debe figurar:
    - Nombre o denominación del empleador, Nº de C.U.I.T. y demás datos que permitan su adecuada identificación; y
    - Nombre y Apellido, y Nº de D.N.I. del/a trabajador/a.

  • Documentación que funda la competencia de la comisión médica elegida - (Obligatoria)

    • Copia del DNI del trabajador (anverso y reverso)
    • Copia del Acta de defunción (en caso de fallecimiento)

    IMPORTANTE: para este trámite solo es competente la Comisión Médica que corresponda por por domicilio del DNI.

  • Documentación médica:

    • Historia Clínica de la enfermedad COVID-19, para el supuesto de haber recibido tratamiento médico asistencial a través de Obra Social o en prestadores públicos o privados. (No obligatorio)

    • Estudio de diagnóstico de entidad sanitaria incluida en el REFES (creado por la Resolución del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN (M.S.N.) Nº 1.070 de fecha 26 de junio de 2009) positivo/detectable o certificado médico que contenga el diagnóstico emitido por sistema salud (Público, Obra Social, Medicina Prepaga). (Obligatorio)

    Aclaración: No serán admisibles los test de autoevaluación para la detección de SARS-CoV-2 (COVID-19).

¿Cómo hago?

  1. Reuní la documentación.

  2. Iniciá el trámite a través de la caratulación online o caratulación presencial en una comisión médica.

    IMPORTANTE: NO se podrá caratular el expediente en caso de que falte alguna documentación indicada como OBLIGATORIA.

    Podés consultar que Comisión Médica te corresponde según el domicilio del trabajador.

¿Cuánto tiempo lleva?

¿Cuál es el costo?

Gratuito

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