Presidencia de la Nación

Las aseguradoras y/o reaseguradoras pueden solicitar excepciones a lo indicado en la normativa sobre inversiones establecida en los artículos 30, 35 y 39 del RGAA sin que ello implique aceptación por parte de la SSN.

¿A quién está dirigido?

A entidades aseguradoras.

¿Qué necesito?

  • Todos los firmantes deben tener usuario de acceso a Trámites a Distancia (TAD) (clave fiscal).

  • Nota con la solicitud de excepción.
    Deberá ser firmada por el presidente o apoderado legal, después del apoderado TAD en AFIP.

¿Cómo hago?

  1. Ingresá a TAD, trámite “Pedido de Excepción a Normativa sobre Inversiones”, con clave fiscal.
    Debés operar como apoderado de la entidad a la que representas.

  2. Establecé los firmantes.

  3. Completá el formulario (Pedido de Excepción a Normativa sobre Inversiones).

  4. Adjuntá la documentación solicitada (Nota con la solicitud de excepción).

  5. Iniciá el proceso de firmas conjuntas.

  6. Confirma el trámite.

  7. Cada firmante deberá firmar la documentación en TAD.

  8. Una vez finalizado el trámite obtenés un Nº de expediente dentro del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

  9. Deberá esperar la respuesta por parte del Organismo, en la cual se indica si se otorga o no la solicitud.

¿Cuál es el costo?

Gratuito

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