Presidencia de la Nación

Solicitar permiso de incineración de alcoholes

Este trámite debe realizarlo aquel establecimiento que propone el uso de alcoholes, aceites de fusel u otros derivados de destilación (combustible de caldera). La inscripción es definitiva.

En linea

Los establecimientos que propongan el uso de alcholes, aceite de fusel u otros derivados del proceso de destilación tendrán la obligación de solicitar autorización al INV. La Delegación deberá otorgar número de expediente, verificar la existencia del producto, extracción de muestra oficial e intervenir el mismo hasta que se efectúe dicho quemado.

Cuando por razones operativas no pueda realizarse la verificación del producto, extracción de la muestra e intervención, se autorizará la incineración del mismo bajo exclusiva responsabilidad de la persona inscripta, debiendo primero solicitar el respectivo análisis para su identificación y la comunicación oficial del procedimiento con CUARENTA Y OCHO HORAS (48 hs) de anticipación.

Cabe destacar que a medida que realice la incineración, tendrá que transmitir los movimientos de esta operación de manera diaria a través del sistema de DDJJ online (código de movimiento 260).

¿A quién está dirigido?

Toda persona física o jurídica inscripta ante el INV.

¿Qué necesito?

Copia digital (foto o escaneada) de la nota de solicitud de incineración.

¿Cómo hago?

1

Presentar nota de solicitud de inscripción dirigida al Jefe de la Delegación del INV cuya jurisdicción pertenezca a su domicilio.

2

Ingresá a la plataforma TAD.

3

Adjuntar la documentación solicitada.

4

Recibirás la confirmación en tu correo electrónico.

El INV podrá solicitar otra documentación o antecedente en caso de considerarlo necesario, mediante decisión fundada.

¿Cuál es el costo del trámite?

Aboná el arancel que corresponda consultando la RESOL-2021-28-APN-MAGYP

Vigencia

años

La inscripción es definitiva.

La inscripción es definitiva.

Información complementaria



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