Presidencia de la Nación

Solicitar la habilitación de zonas especiales

Las zonas especiales son de uso exclusivo ya que para ser titular de estos dominios es necesario solicitar la Habilitación de Zonas Especiales y cumplir con ciertos requisitos.

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Para saber cómo solicitar esta habilitación, guiate con el siguiente instructivo:.

Según la zona, tené en cuenta:

‘.org.ar’

Identifica en Internet a las organizaciones sin fines de lucro. Para solicitar esa zona es necesario presentar una copia del Estatuto / Contrato Social.

‘.mil.ar’

Esta zona es exclusiva para las entidades de las Fuerzas Armadas de la República Argentina.

‘.gob.ar’

Representa en Internet a las entidades de gobierno de nuestro país: el Estado Nacional, y las jurisdicciones provinciales y municipales.

‘.int.ar’

Exclusiva para Representaciones Extranjeras u Organismos Internacionales con sede en la República Argentina que tengan acreditación del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto u otro organismo competente.

‘.tur.ar’

Esta zona está destinada a las personas humanas o jurídicas vinculadas a la comercialización y/o promoción de viajes y turismo, conforme los términos del Decreto DNU 70/23. También a los organismos y entidades del Gobierno Nacional, Provincial, Municipal y de CABA de Argentina, que tengan competencia en materia turística.

‘.musica.ar’

Identifica en Internet a los músicos y agrupaciones musicales nacionales inscriptos en el Instituto Nacional de la Música (INAMU).

‘.coop.ar’

Exclusiva para cooperativas inscriptas y con matrícula vigente del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES).

‘.mutual.ar’

Identifica en Internet a las mutuales argentinas inscriptas y con matrícula vigente ante el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES).

‘.senasa.ar’

Esta zona identifica en Internet a quienes comercializan productos, artículos y/o servicios con la validación del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).

‘.bet.ar’

Exclusiva para las entidades vinculadas al juego de azar y/o apuestas en línea inscriptas en los Registros de Operadores de juego online validados por la jurisdicción donde se desempeñen. Para solicitar esta zona es requisito presentar la constancia de inscripción correspondiente.

‘.seg.ar

Esta zona es para entidades habilitadas para operar como compañías de seguros ante la Superintendencia de Seguros de la Nación en los términos del ARTÍCULO 2 de la Ley 20.091.

¿Qué necesito?

Estar registrado en la plataforma de Trámites a Distancia

¿Cómo hago?

1

Ingresá a TAD

2

Completá la documentación solicitada

¿Cuál es el costo del trámite?

Consultá los aranceles correspondientes a cada trámite.



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