La Ley 27.674 de Régimen de Protección Integral de los niños y adolescentes con cáncer establece el derecho a una licencia mensual sin goce de sueldo para las personas que tienen a su cargo el cuidado de niños y adolescentes que se encuentren en tratamiento oncopediátrico activo.
Esta licencia tiene el objetivo de que esas personas puedan acompañar a los niños y adolescentes a realizarse estudios, rehabilitaciones y tratamientos sin que ello fuera causal de pérdida de presentismo o despido de su fuente de trabajo.
Durante el tiempo que dure la licencia, tienen derecho a solicitar una asignación mensual equivalente a su sueldo.
Tené en cuenta
Esta asignación es incompatible con el cobro simultáneo de la Asignación por Maternidad y solo la puede solicitar uno de los padres o representante legal.
¿A quién está dirigido?
A quienes tienen a cargo el cuidado de niños o adolescentes en tratamiento oncopediátrico activo, mientras dure su licencia laboral.
Requisitos
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De la madre, padre o representante legal:
- Trabajar en relación de dependencia (empleo público o privado, aportante al Sistema Nacional de Empleo) o como personal de casas particulares.
- Haber solicitado licencia (código 51) a través de la Declaración Jurada 931 de ARCA (ex-AFIP) y haber declarado su remuneración bruta en el apartado “Maternidad/Art. 13 Ley 27.764".
- Residir en el país.
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Del niño o adolescente:
- Tener hasta 18 años de edad inclusive.
- Estar inscripto en el Registro Oncopediátrico Hospitalario Argentino (ROHA).
- Contar con el Certificado Único Oncopediátrico (CUOP) que emite el Instituto Nacional del Cáncer (INC), con tratamiento activo.
- Residir en el país.
¿Qué necesito?
Formulario “Declaración Jurada Asignación Licencia Mensual Oncopediatría” (PS. 6.234) completo y suscripto por el trabajador solicitante de esta asignación y por la persona empleadora, consignando en el mismo el plazo de duración de la licencia.
DNI y partida de nacimiento del niño o adolescente.
DNI del progenitor o representante legal.
Certificado Único de Oncopediatría (CUOP) que acredite la condición de beneficiario de la Ley N° 27.674 (tratamiento activo).
Constancia de CBU (cuenta propia).
Personal de casas particulares: en estos casos, junto a lo declarado por el empleador en el Formulario PS 6.234 - rubro 5, se tomará en referencia la escala salarial fijada por la Comisión Nacional de Trabajo para el Personal de Casas Particulares vigente al momento de la licencia.
¿Cómo hago?
Descargá y completá el Formulario “Declaración Jurada Asignación Licencia Mensual Oncopediatría" (PS. 6.234).
Acercate sin turno a una oficina de ANSES con el Formulario PS 6.234 completo.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito