Presentación de Oficios Judiciales Art 400 CPCC, Ley Nro 22.400, etc.
¿A quién está dirigido?
Abogados, Juzgados, Fiscalías.
¿Qué necesito?
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Usuario y clave en la plataforma MI ARGENTINA o Clave Fiscal.
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Oficio en formato pdf con firma digital externa o con firma ológrafa.
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El oficio librado en los términos del Art. 400 CPCCN o norma procesal de similar alcance (atribuciones de los letrados - pedidos de informes) debe contener:
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Datos del juzgado oficiante: dirección, correo electrónico y teléfono del Juzgado.
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Datos del autorizado: CUIT/CUIL, apellido y nombre, correo electrónico y número de teléfono del profesional solicitante.
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Información concreta que se solicita a la repartición y documental, si correspondiere, con transcripción del auto judicial que ordena el libramiento del oficio a la AGENCIA I+D+i.
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Identificación del tipo de oficio que se presenta (Informes / Ampliatorio / Reiteratorio / Aclaratorio). En estos casos, se deberán señalar datos y actuación del oficio originario.
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Transcripción de la prevención del Art. 398 CPCCN o norma procesal de similar alcance que establece el plazo para la contestación de pedidos de informes y las consecuencias de su incumplimiento.
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Adicionalmente, en el supuesto del oficio diligenciado en los términos de la Ley 22.172, deberá contener los recaudos estipulados en dicha norma.
¿Cómo hago?
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Ingresá a la página de TAD, trámite “OFICIOS JUDICIALES SSN”
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Completá el formulario de acuerdo al tipo de documentación a presentar: OFICIO CON FIRMA DIGITAL EXTERNA u OFICIO JUDICIAL CONFIRMA OLÓGRAFA (manuscrita)
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Confirma el trámite
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Se otorgará un NÚMERO de trámite para hacer el seguimiento del mismo desde la plataforma
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Una vez iniciado el trámite, recibirá respuesta oportuna.
¿Cuál es el costo?
Gratuito