Presentación de Oficios Judiciales Art 400 CPCC, Ley Nro 22.400, etc.
¿A quién está dirigido?
Abogados, Juzgados, Fiscalías.
¿Qué necesito?
Usuario y clave en la plataforma MI ARGENTINA o Clave Fiscal.
Oficio en formato pdf con firma digital externa o con firma ológrafa.
El oficio librado en los términos del Art. 400 CPCCN o norma procesal de similar alcance (atribuciones de los letrados - pedidos de informes) debe contener:
Datos del juzgado oficiante: dirección, correo electrónico y teléfono del Juzgado.
Datos del autorizado: CUIT/CUIL, apellido y nombre, correo electrónico y número de teléfono del profesional solicitante.
Información concreta que se solicita a la repartición y documental, si correspondiere, con transcripción del auto judicial que ordena el libramiento del oficio a la AGENCIA I+D+i.
Identificación del tipo de oficio que se presenta (Informes / Ampliatorio / Reiteratorio / Aclaratorio). En estos casos, se deberán señalar datos y actuación del oficio originario.
Transcripción de la prevención del Art. 398 CPCCN o norma procesal de similar alcance que establece el plazo para la contestación de pedidos de informes y las consecuencias de su incumplimiento.
Adicionalmente, en el supuesto del oficio diligenciado en los términos de la Ley 22.172, deberá contener los recaudos estipulados en dicha norma.
¿Cómo hago?
Ingresá a la página de TAD, trámite “OFICIOS JUDICIALES SSN”
Completá el formulario de acuerdo al tipo de documentación a presentar: OFICIO CON FIRMA DIGITAL EXTERNA u OFICIO JUDICIAL CONFIRMA OLÓGRAFA (manuscrita)
Confirma el trámite
Se otorgará un NÚMERO de trámite para hacer el seguimiento del mismo desde la plataforma
Una vez iniciado el trámite, recibirá respuesta oportuna.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito