Presidencia de la Nación

Para personas extranjeras que obtuvieron residencia en el país, a fin de prestar servicios en forma remota mediante la utilización de medios informáticos, de telecomunicaciones o análogos, en favor de personas físicas o jurídicas domiciliadas en el exterior.

¿A quién está dirigido?

A personas extranjeras que hayan obtenido una residencia transitoria como nómada digital y deseen extender su permanencia.

¿Qué necesito?

  • Documentación Personal.

    • Acreditar Identidad mediante la presentación de Pasaporte válido y vigente (todas las nacionalidades), o bien alguno de los documentos enumerados en el Anexo I del ACUERDO SOBRE DOCUMENTOS DE VIAJE Y DE RETORNO DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS (DC-46-2015-CMC) (solo para nacionales MERCOSUR).
      Excepcionalmente podrá presentarse Certificado de Nacionalidad emitido por autoridad Consular, el cual deberá poseer fotografía de su titular y encontrarse legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación.

    • Certificado de Antecedentes Penales Argentinos emitido por el Registro Nacional de Reincidencia (Solo exigible a mayores de 16 años) – Incorporado al sistema Radex, no es necesaria su tramitación por fuera.-

    • Acreditación de Domicilio.

  • Requisitos para prorrogar la residencia obtenida como Nómada Digital.

    • Constancias de ingresos percibidos por el ejercicio de servicios prestados durante el período de la residencia que se pretenda prorrogar.
    • Antecedentes penales del país de origen

¿Cómo hago?

  1. El trámite se realiza de manera presencial (no a través del sistema Radex):

    • Si residís en el CABA, deberás contactarte al correo [email protected].

    • Si te encontrás en el interior del país, deberás presentarte personalmente ante la delegación u oficina migratoria de la Dirección Nacional de Migraciones de acuerdo a tu jurisdicción.

¿Cuál es el costo?

Vigencia


Se otorga una residencia transitoria por un plazo de hasta ciento ochenta (180) días, prorrogable.

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