Presidencia de la Nación

Habilita a la persona física o jurídica a poder fraccionar este tipo de Alcohol, como también importarlo y/o exportarlo.

La inscripción es definitiva.

¿A quién está dirigido?

Personas físicas o jurídicas que deseen fraccionar este tipo de alcohol, como también importarlo y/o exportarlo. El trámite puede ser realizado por el titular o su representante debidamente acreditado.

¿Qué necesito?

  • Formulario de inscripción

  • Fotocopia autenticada del contrato social o escritura, en donde figure la actividad a desarrollar.

  • Fotocopia autenticada del comprobante de inscripción de la Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).

  • Fotocopia autenticada de la habilitación municipal.

  • Fotocopia autenticada de poderes y autorizaciones, debiendo declarar las facultades otorgadas a sus apoderados o autorizados.

  • Planos delimitando en rojo el perímetro de control, y dejando constancia que: “Se autoriza al Instituto Nacional de Vitivinicultura a inspeccionar el local habilitado”.

  • Planilla de Capacidad Real de Recipientes según modelo Oficial.

  • Fotocopia autenticada del Título habilitante de la persona técnica responsable.

Se aclara que la documentación presentada está sujeta a verificación por parte del INV debiendo existir una total concordancia entre lo consignado en esta y la realidad física del establecimiento.

¿Cómo hago?

  1. Presentar nota de solicitud de inscripción dirigida al Jefe de la Delegación del INV cuya jurisdicción pertenezca a su domicilio

  2. Ingresá a la plataforma TAD

  3. Recibirás la confirmación en tu correo electrónico.

El INV podrá solicitar otra documentación o antecedente en caso de considerarlo necesario, mediante decisión fundada.

¿Cuál es el costo?

El trámite es gratuito.

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