Presidencia de la Nación

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La inscripción es definitiva.

¿A quién está dirigido?

Aquellos establecimientos que son productores de alcoholes de origen agrícola, alcoholes vínicos y fabricantes de productos químicos que obtienen como subproductos alcohol etílico (destilerías acetobutílicas).

Este trámite puede realizarlo toda persona física o jurídica que esté inscripto ante el INV.

¿Qué necesito?

  • Formulario de Inscripción.

  • Formulario de Capacidad real de recipientes.

  • Formulario de designación de persona técnica.

  • Título habilitante de persona técnica.

  • Certificado de habilitación municipal.

  • Planos.

¿Cómo hago?

  1. Presentar nota de solicitud de inscripción dirigida a la Jefatura de la Delegación del INV cuya jurisdicción pertenezca a su domicilio.

  2. Ingresar a la plataforma TAD

  3. Adjuntá la documentación solicitada.

  4. Recibirás la confirmación de recepción en tu correo electrónico.

El INV podrá solicitar otra documentación o antecedente en caso de considerarlo necesario, mediante decisión fundada.

¿Cuál es el costo?

Aboná el arancel que corresponda consultando la RESOL-2021-28-APN-MAGYP

Vigencia

La inscripción es definitiva.

Información complementaria

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