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La inscripción es definitiva.
¿A quién está dirigido?
Aquellos establecimientos que son productores de alcoholes de origen agrícola, alcoholes vínicos y fabricantes de productos químicos que obtienen como subproductos alcohol etílico (destilerías acetobutílicas).
Este trámite puede realizarlo toda persona física o jurídica que esté inscripto ante el INV.
¿Qué necesito?
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Formulario de Inscripción.
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Formulario de Capacidad real de recipientes.
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Formulario de designación de persona técnica.
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Título habilitante de persona técnica.
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Certificado de habilitación municipal.
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Planos.
¿Cómo hago?
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Presentar nota de solicitud de inscripción dirigida a la Jefatura de la Delegación del INV cuya jurisdicción pertenezca a su domicilio.
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Ingresar a la plataforma TAD
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Adjuntá la documentación solicitada.
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Recibirás la confirmación de recepción en tu correo electrónico.
El INV podrá solicitar otra documentación o antecedente en caso de considerarlo necesario, mediante decisión fundada.
¿Cuál es el costo?
Aboná el arancel que corresponda consultando la RESOL-2021-28-APN-MAGYP
Vigencia
La inscripción es definitiva.