Presidencia de la Nación

Sin esta inscripción del viñedo, el propietario del mismo no podrá realizar las operaciones comerciales que desee hacer con la producción o su industrialización (vinificación, consumo en fresco, elaboración de pasas de uvas, etc).

Además es obligatorio que el propietario del viñedo comunique al INV toda modificación que afecte a los datos del mismo viñedo ya sea, en superficie, variedades, etc.

¿A quién está dirigido?

A la persona física o jurídica que desee realizar el proceso de producción de las variedades de uvas implantadas, ya sea para vinificación, consumo en fresco y/o secadero. El trámite puede realizarlo el o la titular o su representante con debida acreditación.

¿Qué necesito?

Escritura en el registro de la Propiedad o documentación que acredite titularidad o derecho a explotación.

Constancia de CUIT.

Acta de constitución de la Sociedad o Estatuto Social si corresponde.

Completar el Formulario 1787 Declaración Jurada de Viñedos que figura en la Resolución C.26/2010.

¿Cómo hago?

1

Ingresá a la plataforma TAD

2

Completá los datos del solicitante.

3

Completá el formulario 1787 de Declaración Jurada de Viñedos.

4

Adjuntá la documentación complementaria.

5

Hacé click en confirmar el trámite.

¿Cuál es el costo?

Gratuito

Vigencia


La inscripción es definitiva. Solo puede caducar en caso de solicitud del interesado por erradicación del mismo o de oficio por comprobación de decrepitud de este.

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