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La inscripción es definitiva.
¿A quién está dirigido?
Aquellos establecimientos que fraccionen distintos tipos de bebidas en latas y desean ocupar sus instalaciones para envasar productos vitivinícolas.
¿Qué necesito?
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Plano o croquis del establecimiento por duplicado, demarcando en color verde el lugar destinado al depósito de vino a granel, línea de fraccionamiento y producto terminado y en color rojo el perímetro sujeto a inspección, el cual comprenderá a todos los ámbitos del establecimiento.
Asimismo se dejará asentada en esta documentación la leyenda que se autoriza al INV a inspeccionar el establecimiento a cualquier hora según lo establecido en el Artículo 30 de la Ley General de Vinos Nº 14.878. Copia del plano o croquis debidamente autorizado debe permanecer en el establecimiento juntamente con el Certificado de Inscripción que otorgue este Organismo.
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Habilitación Municipal.
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CUIT
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Acta de Constitución de Sociedad o Escritura Autenticada debidamente inscripta o Copia del DNI de la persona titular.
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Acreditación de titularidad o derecho de uso del establecimiento.
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Inscripción de técnico responsable.
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Formulario 1829. DDJJ de Equipamiento e Infraestructura de Establecimientos Inscriptos.
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Formulario 1291- Capacidad Real de Vasijas y Planillas de Vasijas irregulares.
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Certificaciones correspondientes de las latas a utilizar en el fraccionamiento de los productos vitivinícolas, emitidas por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) en donde conste que las latas son aptas para vinos.
Por tratarse de una Planta de Fraccionamiento de características especiales, el INV podrá solicitar otra documentación o antecedente en caso de considerarlo necesario.
¿Cómo hago?
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Seleccionar contacto en la Delegación del INV que corresponda por domicilio.
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Enviar por correo electrónico la documentación solicitada para planta de fraccionamiento para envases de lata.
El INV podrá solicitar otra documentación o antecedente en caso de considerarlo necesario, mediante decisión fundada.
Este tipo de Planta de Fraccionamiento podrá recibir productos remitidos por bodegas y fábricas inscriptas ante el INV, a través del régimen de traslados amparados por certificados de tránsito con análisis de Libre Circulación o Aptitud Exportación, y se limitará a su fraccionamiento en las mismas condiciones que son recibidos, pudiendo someter a los mismos a prácticas de filtración y agregado de Anhídrido Sulfuroso y eventualmente el agregado de Dimetil Dicarbonato (DMDC).
¿Cuál es el costo?
Gratuito
Información complementaria
Descargas
- Formularios 1829 y 1291 (pdf,632.5 Kb) Descargar archivo