Las mercaderías "Sin Derecho a Uso (SDU)” en el mercado interno, deberán tener la autorización en el caso de productos importados a efectos de:
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Proceder a su ensayo con vistas a dar cumplimiento de un proceso de evaluación de la conformidad de las reglamentaciones vigentes;
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Exportación de servicios de ensayos al exterior;
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Efectuar actividades de interlaboratorio.
¿Qué necesito?
Tener CUIT y clave fiscal nivel 2 en ARCA
Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a ARCA. Si vas a realizar el trámite en nombre de una empresa, tenés que hacer la delegación de servicios vía ARCA.
Se encuentran en proceso las adaptaciones y modificaciones correspondientes en Trámites a Distancia (TAD).
¿Cómo hago?
Para el Ingreso de mercadería Sin Derecho a Uso (SDU):
Inicia el trámite Certificaciones (no eléctricas) - Nota de Apertura Sin Derecho a Uso en TAD y adjuntá la siguiente documentación:
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Nota del Organismo de Certificación Interviniente.
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Anexo i (que está en la sección Descargas).
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Documentación técnica, comercial o publicitaria que se tenga del producto.
Para la Finalización SDU:
Inicia el trámite Certificaciones – Consultas Legales en TAD y adjuntá la siguiente documentación:
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Nota firmada por el representante legal en la cual indique la finalización de la actividad que motivó la solicitud de mercadería "SDU” indicando el número de expediente de Ingreso de SDU.
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Documentación que acredite dicha situación (certificación o ensayo, según corresponda).
Para la Baja SDU:
Inicia el trámite Certificaciones – Consultas Legales en TAD y adjuntá la siguiente documentación:
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Nota firmada por el representante legal indicando el motivo.
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Nota del Organismo de certificación interviniente.
Información complementaria
Descargas
- Anexo i (50.3 Kb) Descargar archivo