Presidencia de la Nación

Importación de alcohol

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En linea

Este trámite puede realizarlo toda persona física o jurídica inscripta ante el INV (completar todas las inscripciones de alcohol) que pretenda importar alguno de los productos vitivinícolas definidos en la Ley N° 24.566 y sus normas complementarias.

¿A quién está dirigido?

A cualquier persona inscripta que desea adquirir alcohol provenientes de otros países.

¿Qué necesito?

Copia digital de la nota de solicitud de inscripción.

Incorporados a nuestros registros informáticos todos los datos suministrados por el mismo, se crea una base de datos que permite optimizar el control de los productos que se importan y realizar en cualquier momento las consultas que se consideren necesarias.

En adelante deberá consignarse ese Nº de inscripción en todo trámite o documentación relacionada con una importación perteneciente a esa Razón Social.

¿Cómo hago?

1

Presentar nota de solicitud de inscripción dirigida al Jefe de la Delegación del INV cuya jurisdicción pertenezca a su domicilio.

2

Ingresá a la plataforma TAD.

3

Adjuntar la documentación solicitada.

4

Recibirás la confirmación en tu correo electrónico.

El INV podrá solicitar otra documentación o antecedente en caso de considerarlo necesario, mediante decisión fundada.

¿Cuál es el costo del trámite?

Aboná el arancel que corresponda consultando la RESOL-2021-28-APN-MAGYP

Vigencia


La inscripción es definitiva.

La inscripción es definitiva.

Información complementaria



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