Ante un requerimiento específico, deberás presentar ante la Dirección Nacional de Reglamentos Técnicos, la documentación solicitada.
El incumplimiento del requerimiento dará lugar a las sanciones previstas por la Ley N° 24.240 y sus modificatorias y el Decreto N° 274/2019, sin perjuicio de la responsabilidad penal, civil o administrativa a que hubiera lugar, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 110 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 – T.O. 2017.
¿A quién está dirigido?
Fabricantes e importadores.
¿Qué necesito?
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Tener CUIT y clave fiscal nivel 2 en ARCA.
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Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a ARCA. Si vas a realizar el trámite en nombre de una empresa, tenés que hacer la delegación de servicios vía ARCA.
¿Cómo hago?
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En caso de requerimiento, deberás presentar la documentación solicitada por expediente a través de TAD, utilizando CUIT y Clave Fiscal. La documentación debe ser presentada por el representante de la empresa, quien deberá adjuntar el instrumento constitutivo o el poder que acredite su personería.
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En el caso que no sea posible efectuar la presentación a través de Trámites a Distancia, podrás realizarla a través de la mesa de entradas virtual, enviando un correo electrónico a: mgedesarrolloproductivo@gmail.com con copia a dvm@produccion.gob.ar
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Deberás adjuntar la documentación requerida en formato PDF junto a una nota que indique el número de expediente principal (expediente de referencia donde fue notificado el requerimiento), y que se solicite que se remita su presentación al Buzón DNRT#MEC - PVD.