Presidencia de la Nación

Ante un requerimiento específico, deberás presentar ante la Dirección Nacional de Reglamentos Técnicos, la documentación solicitada.

El incumplimiento del requerimiento dará lugar a las sanciones previstas por la Ley N° 24.240 y sus modificatorias y el Decreto N° 274/2019, sin perjuicio de la responsabilidad penal, civil o administrativa a que hubiera lugar, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 110 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 – T.O. 2017.

¿A quién está dirigido?

Fabricantes e importadores.

¿Qué necesito?

  • Tener CUIT y clave fiscal nivel 2 en ARCA.

  • Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a ARCA. Si vas a realizar el trámite en nombre de una empresa, tenés que hacer la delegación de servicios vía ARCA.

¿Cómo hago?

  1. En caso de requerimiento, deberás presentar la documentación solicitada por expediente a través de TAD, utilizando CUIT y Clave Fiscal. La documentación debe ser presentada por el representante de la empresa, quien deberá adjuntar el instrumento constitutivo o el poder que acredite su personería.

  • En el caso que no sea posible efectuar la presentación a través de Trámites a Distancia, podrás realizarla a través de la mesa de entradas virtual, enviando un correo electrónico a: mgedesarrolloproductivo@gmail.com con copia a dvm@produccion.gob.ar

  • Deberás adjuntar la documentación requerida en formato PDF junto a una nota que indique el número de expediente principal (expediente de referencia donde fue notificado el requerimiento), y que se solicite que se remita su presentación al Buzón DNRT#MEC - PVD.

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