“A.A.A. P. S. A. HOMICIDIO CULPOSO AGRAVADO, ETC.”
- Expte. SAC n.° 10072321. Cámara en lo Criminal y Correccional 9a NOM.- Sec.18, Córdoba. Junio de 2022.
Condena: 9 años de prisión, con adicionales de ley y costas (arts. 5, 12, 29 inc. 3°, 40 y 41 del CP, 412, 550 y 551 del CPP) por ser autor de homicidio simple, con dolo eventual –dos resultados- en concurso ideal (arts. 45, 79 y 54 del CP) y autor de lesiones graves, con dolo eventual (arts. 45 y 90 del CP), todo en concurso ideal (art. 54 del CP)."
Sumario: El 17 de abril de 2021, A.A.A. conducía un Volkswagen Vento en estado de ebriedad (2,07 g/l de alcohol en sangre) por la Avenida de Circunvalación Agustín Tosco en Córdoba, Argentina. Al circular por la banquina, embistió a R.A.B, S.A.V y F.G, quienes se encontraban detenidos junto a sus vehículos. El impacto causó la muerte inmediata de B. y V. por traumatismos múltiples, mientras que G. sufrió heridas graves que requirieron más de 30 días de curación e inhabilitación laboral, provocando daños permanentes. La novedad de esta resolución es que el Tribunal Superior de Justicia fijó para el caso el dolo eventual - a pesar de la primigenia calificación de culposo- y de esta forma, sumado a que el condenado consumió alcohol y estupefacientes, se valió de una conducta disvaliosa que obtuvo dos resultados de muerte, habiéndose filmado previamente en su vehículo bajo estos efectos. De esta forma, el resultado muerte se reflejó en el autor quien siguió adelante con el curso de la acción, se engloba en el término de “delito vial”.