Presidencia de la Nación

Preguntas frecuentes REPROCANN


¿Qué es el “Registro del Programa de Cannabis” (REPROCANN)?

El REPROCANN es una base de datos diseñada para poder registrar a aquellas personas que cuenten con las condiciones para acceder a un cultivo controlado de la planta de cannabis, con fines de tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor.

La inscripción concluye con la extensión de un certificado de cultivo autorizado por el Ministerio de Salud de la Nación.

¿Quiénes pueden registrar un cultivo?

Podrá inscribirse en el REPROCANN toda persona que cuente:

  1. con indicación médica.
  2. que haya firmado el consentimiento informado correspondiente, en las condiciones establecidas por el Programa.
  3. que haya cumplido con los requisitos y los trámites solicitados por el Programa en tiempo y forma.

El sistema validará los datos a través de https://www.argentina.gob.ar/miargentina, por lo que es necesario contar con una cuenta en el sitio o en la app Mi Argentina a tales efectos.

Se admiten registro a trámite personal, o a través de un o una familiar, o una tercera persona u organización civil autorizada por la Autoridad de Aplicación.

¿Cómo puedo registrarme?

Podrá inscribirse en el REPROCANN quien cuente:

  1. con indicación médica
  2. y que haya suscrito el consentimiento informado y declaración jurada correspondiente, y aquellas condiciones establecidas por el Programa

El sistema validará los datos a través de https://www.argentina.gob.ar/miargentina, por lo que es necesario crear una cuenta en el sitio o en la app a tales efectos.

El/ la paciente inicia el trámite en el aplicativo web y el profesional de salud prescriptor debe adjuntar Declaración Jurada y Consentimiento Informado (ambos documentos en formato PDF), y vincular al paciente, tercero u ONG con el cultivo.

El/LA profesional de salud prescriptor/a deberá contar con matrícula vigente. La Organización No Gubernamental deberá estar inscripta en el REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL vinculadas con la
Salud, dependiente de la Dirección Nacional de Relaciones Institucionales del Ministerio de Salud de la Nación.

¿Cuáles son los roles en el REPROCANN

Las formas en las cuales se puede inscribir son las siguientes:

Paciente: persona en tratamiento que puede autocultivar o vincularse un cultivador/a solidario/a.

Responsable a cargo: persona representante legal de la persona en tratamiento, que puede cultivar para su representado/a o vincularse un cultivador/a solidario/a.

Cultivador/a solidario/a: es aquella persona que cultiva para la persona en tratamiento, Profesional de la salud (médico/a - odontólogo/a), y ONGs vinculadas con la salud.

¿Mis datos son públicos?

Los datos suministrados revisten carácter de Declaración Jurada y están protegidos por la normativa vigente y en ningún caso se revela información relativa a la identidad, salvo por resolución judicial debidamente fundada. La Autoridad de Aplicación se reserva el derecho de verificar los datos declarados. La protección de la confidencialidad de los datos personales será contemplada conforme las disposiciones de la Ley Nº 25.326, sus modificatorias y complementarias, utilizando todas las instancias regulatorias aplicables vigentes.

¿Puedo asignar un/a tercero/a para que realice mi cultivo?

Sí, un/a paciente puede asignar a un tercero/a para que cultive. Para ello es preciso hacer el registro en REPROCANN indicando que el cultivo lo realizará “otro” y luego vincularse a un/a cultivador/a solidario/a quien deberá inscribirse en ese rol.

¿Existe en la actualidad algún producto registrado en base a cannabis en Argentina?

Sí. Desde octubre de 2020 se encuentra registrado un producto a base de cannabidiol para encefalopatías epilépticas.

¿Cómo se inscriben los/las médicos/as y odontólogos/as en el Programa?

Cualquier médico/a y odontólogo/a con matrícula vigente puede prescribir cannabis. Al iniciar el registro, el sistema validará los datos aportados. No requiere inscripción adicional.

¿El REPROCANN tiene algún costo?

No, el trámite de inscripción no posee costo alguno por parte del Ministerio de Salud de la Nación.

¿Cuánto es el tiempo de vigencia de la autorización?

Un año, luego deberá renovarse.

¿Cómo realizo la renovación de la autorización?

Una vez vencida la autorización debe realizar nuevamente el trámite. No hay renovación automática.

¿Cuántas plantas están autorizadas por paciente?

Están autorizadas hasta 9 plantas en floración por paciente.

¿Se puede transportar cannabis?

Sí, la autorización implica poder transportar hasta 40 gramos de flores secas o 6 unidades de goteros de 30ml.


Descargas

Preguntas Frecuentes | REPROCANN (248.8 Kb)

  Descargar archivo
Activar: 
0
Scroll hacia arriba