Presidencia de la Nación

Una aseguradora y/o reaseguradora debe presentar su Declaración Jurada de Aportes en Inmuebles dentro de las 48 hs. de ingresado el capital en inmuebles.

¿A quién está dirigido?

A entidades aseguradoras y/o reaseguradoras.

¿Qué necesito?

  • Cada firmante debe tener usuario de acceso a Trámites a Distancia (TAD).

  • Documento del Registro de la Propiedad Inmueble a nombre del aportante (opcional).
    Deberá ser firmado por el apoderado de la entidad.

  • Decl. Jur. Aportes Art. 8.3.19
    Deberá ser firmada por el presidente, síndico y auditor.

  • Documento de valuación del Tribunal de Tasaciones de la Nación (opcional).
    Deberá ser firmado por el apoderado de la entidad.

  • Acta de la Asamblea Extraordinaria (opcional).
    Deberá ser firmado por el apoderado de la entidad.

¿Cómo hago?

  1. Ingresá a TAD, trámite “DDJJ Aportes Art. 8.3.19 (Inmuebles)”, con clave fiscal.
    Debés operar como apoderado de la entidad a la que representas.

  2. Completá el formulario.

  3. Adjuntá la documentación detallada.

  4. Establecé los firmantes y adjuntá los documentos.

  5. Cada firmante deberá firmar a través de TAD.

  6. Finalizado el proceso se creará formalmente el trámite con número de expediente.

  7. Concluida la verificación del aporte por parte de la SSN, recibirás una notificación vía TAD que dará por aprobado el aporte declarado.

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