Presidencia de la Nación

Se extendió el plazo para presentar la declaración jurada de efluentes líquidos industriales

La cartera nacional de Ambiente lo prorrogó hasta el 31 de octubre, en virtud del aislamiento social, preventivo y obligatorio vinculado a la pandemia de COVID-19.


El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, por Resolución 239/2020, amplió la prórroga para realizar la presentación de la Declaración Jurada Anual 2019 referida a efluentes líquidos industriales de establecimientos industriales o especiales hasta el 31 de octubre inclusive. De acuerdo con la normativa vigente, dicha presentación debía realizarse entre el 1 y el 30 de abril de cada año, con los datos correspondientes al año anterior.

El motivo de la ampliación del plazo de presentación se sustenta en la emergencia sanitaria y el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Gobierno nacional para mitigar la propagación de COVID-19.

Cabe recordar que están alcanzados por la obligatoriedad de presentar una declaración jurada anual de efluentes líquidos todos los establecimientos industriales y especiales que produzcan en forma continua o discontinua vertidos residuales o barros originados por la depuración de aquellos a conductos cloacales, pluviales o a un curso de agua; o bien, aunque no generen vertidos industriales, posean circuitos cerrados de cualquier tipo de líquidos o barros.

Se trata de establecimiento que se encuentren radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en los partidos de la provincia de Buenos Aires acogidos al régimen de la ex “Obras Sanitarias de la Nación (OSN)”, Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA) en el presente. Estos son: Avellaneda, Lanús, Lomas de Zamora, Esteban Echeverría, Almirante Brown, La Matanza, Morón, Tres de Febrero, Vicente López, San Isidro, San Fernando, Tigre y General San Martín. También están alcanzados los establecimientos industriales o especiales radicados en los partidos bonaerenses de Quilmes, Berazategui y Florencio Varela, siempre que dichos establecimientos utilicen directa o indirectamente colectora o cloacas máximas de propiedad de la exempresa OSN, aun cuando el vertido sea descargado a cualquier otro destino.

La mencionada declaración podrá ser presentada a través del portal institucional de la cartera nacional de Ambiente, ingresando al siguiente sitio.

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