Se extendió el plazo para presentar la declaración jurada de efluentes líquidos industriales
La cartera nacional de Ambiente lo prorrogó hasta el 31 de octubre, en virtud del aislamiento social, preventivo y obligatorio vinculado a la pandemia de COVID-19.
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, por Resolución 239/2020, amplió la prórroga para realizar la presentación de la Declaración Jurada Anual 2019 referida a efluentes líquidos industriales de establecimientos industriales o especiales hasta el 31 de octubre inclusive. De acuerdo con la normativa vigente, dicha presentación debía realizarse entre el 1 y el 30 de abril de cada año, con los datos correspondientes al año anterior.
El motivo de la ampliación del plazo de presentación se sustenta en la emergencia sanitaria y el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Gobierno nacional para mitigar la propagación de COVID-19.
Cabe recordar que están alcanzados por la obligatoriedad de presentar una declaración jurada anual de efluentes líquidos todos los establecimientos industriales y especiales que produzcan en forma continua o discontinua vertidos residuales o barros originados por la depuración de aquellos a conductos cloacales, pluviales o a un curso de agua; o bien, aunque no generen vertidos industriales, posean circuitos cerrados de cualquier tipo de líquidos o barros.
Se trata de establecimiento que se encuentren radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en los partidos de la provincia de Buenos Aires acogidos al régimen de la ex “Obras Sanitarias de la Nación (OSN)”, Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA) en el presente. Estos son: Avellaneda, Lanús, Lomas de Zamora, Esteban Echeverría, Almirante Brown, La Matanza, Morón, Tres de Febrero, Vicente López, San Isidro, San Fernando, Tigre y General San Martín. También están alcanzados los establecimientos industriales o especiales radicados en los partidos bonaerenses de Quilmes, Berazategui y Florencio Varela, siempre que dichos establecimientos utilicen directa o indirectamente colectora o cloacas máximas de propiedad de la exempresa OSN, aun cuando el vertido sea descargado a cualquier otro destino.
La mencionada declaración podrá ser presentada a través del portal institucional de la cartera nacional de Ambiente, ingresando al siguiente sitio.