Presidencia de la Nación

Revista de la Escuela del Cuerpo de Abogados del Estado

La Revista de la Escuela del Cuerpo de Abogados del Estado (ECAE) pretende constituirse como espacio referente de debate doctrinario en temas de derecho constitucional y administrativo nacional y latinoamericano.


La Revista pretende constituirse como espacio referente de debate doctrinario en temas de derecho constitucional y administrativo nacional y latinoamericano. Parte de la idea de que muchos de los desafíos que enfrentan nuestros países, que comparten enormes índices de desigualdad y sectores vulnerados (mal llamados “vulnerables“) en sus derechos, son desafíos comunes, y que las respuestas que se generen desde la doctrina no deben ser aisladas, sino articuladas y conscientes del recorrido histórico que compartimos. Gran parte del trabajo de renovación jurídica necesario para nuestros servicios jurídicos -nacionales - en un contexto global cambiante y cargado de enormes desafíos económicos y sociales, parte de -y necesita de- un fuerte desarrollo conceptual y teórico, hoy mayormente escaso. Necesitamos desarrollar herramientas, principios, teóricos. Necesitamos pensar juntos el mundo que nos toca y la mejor forma de defender en él los intereses de todos/ as los/as argentinos/as. Existen vacíos llamativos –poco discretos- en la doctrina administrativa y constitucional actual. Estos vacíos conceptuales –la falta de determinadas herramientas- no son accidentales ni fruto del mero azar y el Estado argentino los paga (y ha pagado) caro. Estas limitaciones conceptuales medran contra una adecuada defensa del Estado argentino.

Esta revista pretende situarse en este proceso desde la mirada concreta de defensa del Estado, no busca descartar sino reexaminar las teorías pasadas, reconsiderando postulados y doctrinas precedentes, buscando obtener también de allí elementos aplicables a los sucesos actuales. Donde las mismas doctrinas no resulten útiles, es que se propondrá la elaboración de instrumentos originales para enriquecer la labor del abogado del Estado. La revista pretende articularse con las actividades de capacitación de la Escuela, no funcionar de modo aislado de ella, como si fueran dos esferas o mundos separados, (y a menudo lo han sido) sino aterrizar el mundo académico y teórico a la abogacía práctica, que necesita continuamente optimizar sus herramientas. El abogado de “trinchera” necesita de las herramientas que desarrolla el abogado académico. Nuestro cometido es que trabajen juntos. Que intercambien ideas y experiencias en esta revista de doctrina.

También convocar a aquellos/as (cientos de) abogados/as del Estado argentino que cuentan con una enorme experiencia en la defensa de lo público, de muchas décadas muchos, para que publiquen sus trabajos. Queremos conocer y divulgar esa experiencia material. Entendemos que la misma es conocimiento (valioso), aunque no siempre cumpla con las pautas formales y “académicas” de producción de papers. Muchos abogados con enorme experiencia en la defensa del Estado argentino, no están acostumbrados a escribir ensayos académicos. Muchos nunca lo han hecho. Pero su conocimiento práctico es de vital importancia y esta revista quiere revalorizar esa experiencia y darla a conocer. Así se amplía y enriquece el saber jurídico. Así se construye conocimiento. Esta revista pretende funcionar como espacio de generación de herramientas concretas que permitan a los abogados del Estado argentino, jerarquizados y reconocidos por su vocación, desarrollar mejor su noble tarea: defender los intereses de la Nación. Para eso pretende convocar a una reflexión amplia y un debate comprometido ante todo con el interés público, fin último de toda administración soberana.

La revista de la ECAE no quiere ser una revista de discusión académica más, de tantas que ya existen, sino una revista capaz de brindar instrumentos técnicos a los abogados del Estado argentino que abrevan en ella buscando caminos nuevos para realizar cada vez mejor su trabajo. En ese camino, entendemos que revalorizar y acercar a los lectores la experiencia de los cientos de abogados que han hecho un trabajo silencioso pero firme en las últimas décadas, en defensa del Estado nacional, es de vital importancia para generar -y sobretodo transmitir- conocimiento y compromiso, los dos pilares de la Escuela del Cuerpo de Abogados del Estado Argentino.

La Revista

Una revista es un recurso continuo que publica artículos científicos y/o información de actualidad sobre investigación y desarrollo acerca de un campo científico determinado, es aquella que publica los primeros resultados de investigación original. Esto es así ya que una de las características de estas publicaciones es que solo reciben artículos que no han sido dados a conocer en ninguna forma antes y que son fruto de un trabajo de investigación.

En tal sentido, constituyen el principal medio formal para comunicar a la comunidad científica el conocimiento generado en investigación. Es el medio por excelencia para publicar los hallazgos de investigación por su inmediatez en comparación con el libro que requiere de mucho más tiempo hasta que se publica, y también porque permite, en poco espacio, concentrar la información necesaria para que los pares se notifiquen sobre lo que un colega está investigando en determinado campo, aplicando cuál metodología y cuáles han sido sus avances. La Revista de la Escuela del Cuerpo de Abogados/as del Estado –ECAE- nació en la modalidad digital y de edición anual, en diciembre de 2017, resultando una suerte de continuidad de la Revista de la Procuración del Tesoro de la Nación que fuera publicada en versión papel hasta el año XX. En tal formato fueron publicados tres números (Nº 1 –Diciembre de 2017-; Nº 2 –Diciembre 2018-; Nº3 –Diciembre de 2019- ), disponibles digitalmente en el portal web oficial de la Escuela del Cuerpo de Abogados/as del Estado.

La actual gestión de la ECAE entiende estratégico dar continuidad a las actividades de difusión de contenidos de la escuela, resultando imprescindible otorgarle a la Revista de la ECAE una modalidad de gestión propia de las publicaciones académicas, que fortalezca el carácter científico de los artículos que en ella se visibilizan. Así, se propone la continuidad de la revista, aumentando sus números por año –dos ediciones anuales, una en julio y la otra en diciembre- , y agregando su edición en una versión papel. El desafío es la generación de nuevos contenidos de alta calidad científica y compromiso con la defensa del Estado Nacional.

Autoridades

Equipo editorial:
Director: Dr. Guido Croxatto. (Director ECAE.)
Editor Ejecutivo: Dr. Pablo Octavio Cabral. (Subdirector ECAE)
Secretario de Redacción: Dr. José Ignacio López (Universidad Nacional de La Plata)

Editores Asociados:
Prof. Julia Contreras (ECAE)
Dra. Agustina Iglesias (ECAE)
Dr. Ayelen Tomassini (ECAE)
Dr. Alejandro Anania (UBA)
Dr. Horacio Goett (ECAE)
Mag. Violeta Paulero (ECAE)

Editores Digitales:
Dra. Graciela Echetto (ECAE)

Corrector General:
Dr. David Kronzonas (ECAE)

Dirección Pedagógica:
Lic. Gabriel Brener (ECAE)

Diseño y Maquetación:
Lic. Javier Luna

Consejo Editorial:
Prof. Robert Alexy -Universidad Christian-Albrechts de Kiel . Alemania
Prof. Alberto Filipi - Universidad de Roma . Italia
Prof. Víctor Abramovich - Universidad de Buenos Aires . Argentina
Prof. Eugenio Raúl Zaffaroni - Universidad de Buenos Aires . Argentina
Prof. Raúl Gustavo Ferreyra - Universidad de Buenos Aires . Argentina
Prof. Patricio Sammartino -Universidad de Buenos Aires . Argentina
Prof. Isaac Damsky - Universidad de Buenos Aires . Argentina
Prof. Carlos Aymerich - Universidad de A Coruña . España
Prof. Pablo Gutiérrez Colantuono - Universidad Nacional del Comahue . Argentina
Prof. Gabriela Stortoni - Universidad de Buenos Aires . Argentina
Prof. Analia Elíades - Universidad Nacional de La Plata . Argentina
Prof. Graciana Peñafort - Universidad de Buenos Aires . Argentina
Prof. Carlos Raimundi - Universidad Nacional de La Plata . Argentina
Prof. Jimena Zicavo - Universidad Nacional de La Plata . Argentina
Prof. Nicolás Cendoya - Universidad de la República . Uruguay
Prof. Rafael Valim - Pontificia Universidad Católica de San Pablo . Brasil
Prof. Olivia Blanca Capcha Reymundo - Universidad San Marco . Perú
Prof. Sara Spuntarelli - Universidad de Camerino . Italia
Prof. Andry Matilla Correa - Universidad de La Habana . Cuba

Política Editorial

La calidad editorial la entendemos desde sus dos aspectos, por un lado su presentación material o formal, lo que suele llamarse calidad informativa, y por otro, la calidad de su proceso editorial, es decir, la conformación y funcionamiento de sus órganos de gestión, ya que “si los mecanismos, procedimientos y filtros de selección y evaluación, por una parte, y los de edición y publicación, por otra, son múltiples y de calidad, el producto resultante también lo será” (Delgado López-Cózar, E., Ruiz-Pérez, R., & Jiménez- Contreras, E.).

La calidad académica buscamos garantizarla a través de los sistemas de referato y la amplitud y generalidad de la convocatoria a enviar trabajos para su publicación. Respecto de esto último, las convocatorias a presentar trabajos para su publicación en la Revista de la Escuela del Cuerpo de Abogados/as del Estado se efectuarán tanto a través de las dos páginas web de la Procuración del Tesoro de la Nación. Esto garantizará una comunicación efectiva con la comunidad académica de nuestro ámbito local, regional e internacional.

En cuanto a la calidad de su proceso editorial, el otro aspecto a considerar de la calidad editorial, la revisión por pares, de preferencia en la modalidad doble ciego, es fundamental. Una revista no puede considerarse científica si no realiza un estricto arbitraje del material que publica que asegure la calidad científica de los artículos publicados. Aunque se verá más adelante, debe aclararse que el órgano de gestión de la publicación no debe realizarlo, limitándose solo a la preselección de los trabajos que pondrá en consideración de los evaluadores y a la decisión final sobre la publicación o no del trabajo en la revista.

Otros aspectos a considerar son la procedencia institucional tanto de los miembros del comité editorial como de los autores que deberán ser en su amplia mayoría externos a la institución propietaria o responsable de la revista, minuciosidad en la redacción de las citas bibliográficas, las que deberán aparecer reunidas en un apartado especial de los artículos y no únicamente como notas a pie de página y, aunque puedan implicar un costo extra, deben cuidarse las necesarias versiones en otros idiomas de títulos, resúmenes y palabras clave.

En cuanto a la calidad del contenido científico, nos estamos refiriendo a la valoración que los pares científicos realizan sobre la contribución que esa revista realiza al campo disciplinar en materia de originalidad, novedad, actualidad, interés, calidad y rigor metodológico y relevancia, aspectos que los árbitros deben considerar al revisar los artículos. Hay diversas instancias en que esta calidad científica es analizada, la fundamental es la realizada por los evaluadores cuando desde el Comité Editorial de la revista les remiten un trabajo para su consideración. Otras instancias, externas a la gestión de la publicación, son las que realizan algunas bases de datos y organismos nacionales de evaluación. En la Argentina el CONICET por la res. 1640/2005 dispuso la conformación de un Núcleo Básico de Revistas Científicas Argentinas, y los editores que lo deseen pueden solicitar que sus revistas sean consideradas para integrar ese Núcleo de revistas argentinas de excelencia, siguiendo las pautas de su convocatoria permanente.

  1. Criterios de evaluación de los artículos
    Se valorarán los siguientes aspectos de cada contribución evaluada, y de dicha valoración se desprenderá el concepto final del artículo. Rogamos a los autores tener en cuenta esta información a la hora de preparar sus escritos para ponerlos en consideración de los evaluadores. Título del trabajo que resuma en forma clara la idea principal de la investigación; Adherencia completa a las normas de publicación de APA señaladas; Delimitación, interés y alcance del problema de investigación; Literatura científica pertinente discutida completa y adecuadamente; Metodología adecuada para la investigación, explicitada al interior del escrito; Respaldo teórico de la discusión y los resultados; Forma general (ortografía, sintaxis). A fin de mantener las condiciones del referato anónimo, en los escritos no deberá figurar el nombre del autor o autores, los cuales deberán ser incluidos en un archivo aparte junto con el título del trabajo. Asimismo, el/los autor/es deberán realizar todos los esfuerzos para que los trabajos no incluyan elementos que permitan su identificación. Con cada documento debe incluirse, en dicho archivo aparte, la información completa de los autores: nombres (como desea que aparezcan en el artículo), filiaciones institucionales, dirección postal de correspondencia, e-mail y teléfonos de contacto. Derechos de publicación: Si un trabajo es aceptado para su publicación, los derechos de impresión y de reproducción por cualquier forma y medio son del editor, aunque se atenderá a cualquier petición razonable por parte del autor para obtener el permiso de reproducción de sus contribuciones.

Pautas para la presentación de originales:

Normas para la presentación de trabajos inéditos: Los trabajos no deben exceder las 20 páginas (incluyendo las referencias bibliográficas) tamaño A4, interlineado 1,5, letra Arial 12, idioma español, y deben estar completamente ajustados a las recomendaciones del manual de la APA: American Psychological Association (2010). Publication manual of the American Psychological Association (6th. ed.). Washington, D.C.: Author. Al respecto, ver el apartado “Elaboración de las referencias bibliográficas”. Debe presentarse un resumen breve sobre el contenido del trabajo, que explicite lo que se hizo, de qué manera, los resultados y su significación. No debe exceder de 200 palabras con su correspondiente traducción al inglés. Se consignarán además cuatro palabras clave en ambos idiomas. En el caso de incluir tablas, cuadros o gráficos, se consignarán en hojas separadas al final del texto, tituladas y numeradas. En el cuerpo del texto debe indicarse “Insertar Tabla Nº X”.

Principios éticos y buenas prácticas:

Esta revista tiene un compromiso con la ética y calidad de sus publicaciones. Defendemos un comportamiento ético de todas las partes involucradas en la publicación de nuestra revista: autores, editores, miembros del Equipo Editorial, correctores y miembros del Consejo Editorial. No aceptamos el plagio o cualquier otro comportamiento antiético.

Políticas de Ética:

Estamos empeñados en garantizar que nuestra revista cumpla con los más altos estándares científicos nacionales e internacionales y para ello nuestros artículos son evaluados por pares a fin de garantizar la calidad científica de la publicación. La presente declaración de principios éticos está basada en las recomendaciones de Elservier y en Best Practice Guidelines for Journal Editors del Commitee on Publication Ethics –COPE-. Así, en nuestra tarea editorial utilizaremos las políticas de ética que a continuación se detallan:

a) Secciones alcanzadas por las presentes políticas de ética
Las políticas de ética que se detallan a continuación serán de aplicación obligatoria a todos los trabajos que se evalúen para su publicación en las secciones que tienen referato de cualquier tipo. Quedan exentas de su estricta aplicación las secciones de opinión y editorial, en las que el equipo editorial, los autores de opiniones y los entrevistados se harán cargo del contenido de sus afirmaciones.
b) Principios éticos y buenas prácticas
Esta revista tiene un compromiso con la ética y calidad de sus publicaciones. Defendemos un comportamiento ético de honestidad intelectual por parte de todas las personas involucradas en la publicación de nuestra revista: autores, correctores, editores y miembros del Equipo Editorial en general. No aceptamos el plagio o cualquier otro comportamiento antiético como la falsificación, manipulación de citas o fabricación de datos.
c) Deberes de los editores
-Decisión de publicación: Los editores ejecutivo y general son los responsables de decidir cuáles de los artículos recibidos deben ser publicados. Los editores están guiados por las políticas decididas por el Staff editorial y el Consejo Editorial. Dichas políticas deben obedecer las exigencias legales en vigor sobre difamación, violación de derechos de autor y plagio. Para la toma de decisiones los editores pueden consultar al resto del Equipo Editorial y al Consejo Editorial de la Revista de la Escuela del Cuerpo de Abogados del Estado.
Independencia de la decisión editorial de criterios comerciales: Los editores adoptarán todas sus decisiones en el proceso de edición en forma independiente a cualquier criterio comercial o de venta, comercialización, recepción de subsidio o publicidad y/o inserción en los mercados de la publicación en su versión papel (la versión digital es de acceso abierto).
- Transparencia y respeto: Los editores deben evaluar que los trabajos sometidos a revisión no efectúen discriminación alguna motivada en aspectos como raza, sexo, orientación sexual, creencia religiosa, origen étnico, nacionalidad u opinión política de sus autores.
-Confidencialidad: Los editores y los demás miembros del Equipo Editorial no deben divulgar ningún tipo de información sobre un manuscrito sometido a revisión.
-Divulgación y conflicto de intereses: Los editores no deben utilizar material inédito divulgado en un manuscrito sometido a revisión, en sus investigaciones propias sin el consentimiento expreso y por escrito de su autor. Los editores deben recusarse en la evaluación de los documentos en que tengan conflictos de intereses por cuestiones de competencia, colaboración u otro tipo de relaciones con cualquiera de sus autores, empresas o instituciones ligadas a dichos textos.
- Cooperación en investigaciones: Los editores deben tomar las medidas necesarias cada vez que fueran presentados reclamos sobre cuestiones éticas respecto de un documento sometido a revisión o artículo publicado.
- Errores fundamentales en trabajos ya publicados: En aquellos casos en los que se encuentren errores fundamentales en los trabajos ya publicados, sea por propia revisión o por aviso de sus autores, los editores realizarán todos los esfuerzos para modificar y corregir el problema en su versión digital y dejar en claro la corrección en próximos números de la edición en papel.
d) Deberes de los correctores.
- Contribuir con las decisiones editoriales: La revisión de los correctores auxilia a los editores en la toma de decisiones editoriales y por medio de las comunicaciones con el autor también puede colaborar con él en la mejora del artículo presentado.
- Puntualidad: Cualquier corrector de un artículo que no se sienta calificado a analizarlo o sabe, luego de su inmediata lectura, que será imposible hacerlo, debe notificar inmediatamente a los editores.
- Confidencialidad: Los trabajos recibidos para su análisis deben ser tratados como documentos confidenciales por lo que no deben ser mostrados o discutidos con otras personas.
- Patrones de objetividad: Los correctores se deben conducir en forma objetiva debiendo expresar sus puntos de vista de manera clara, y apoyados en argumentos.
- Identificación de fuentes: Los correctores deben identificar trabajos publicados relevantes que no fueron citados por los autores. Los correctores deben llamar la atención de los editores sobre cualquier semejanza sustancial o sobre posición entre el documento en análisis y cualquier otro artículo publicado del que tenga conocimiento personal.
- Divulgación y conflicto de intereses: La información privilegiada o las ideas obtenidas por los correctores a partir de la lectura de los textos deben ser mantenidas en reserva y no deben ser utilizadas en provecho personal. El corrector no debe evaluar textos en los que tenga conflicto de intereses por cuestión de competencia, colaboración u otro tipo de relaciones con cualquiera de los autores, empresas o instituciones ligadas a dichos documentos.
e) Deberes de los autores:
- Normas generales: Los autores de trabajos referidos a investigaciones originales deben presentar un relato preciso del trabajo realizado, así como las discusiones objetivas sobre su significado y alcance. En caso de tratarse de un texto enmarcado en algún proyecto de investigación efectuado en el marco de una universidad o agencia estatal, deberá identificar el proyecto, así como el investigador principal a cargo del mismo. Los datos complementarios deben ser presentados con precisión en el documento. Los trabajos deben contener los detalles suficientes y las referencias que permitan que otros puedan replicar dicho trabajo. Declaraciones fraudulentas o intencionalmente imprecisas constituyen un comportamiento antiético y son inaceptables.
- Originalidad y plagio: Los autores deben garantizar que las obras sean enteramente originales y si utilizan trabajos o textos de otros autores que eso sea debidamente citado. El plagio, en cualquiera de sus formas constituye un comportamiento editorial antiético e inaceptable.
- Publicaciones múltiples, redundantes y simultáneas: Un autor no debe publicar un trabajo describiendo esencialmente la misma investigación en más de una revista científica en forma simultánea, sin dejarlo expresamente manifestado. Enviar un mismo artículo a más de una revista al mismo tiempo, sin comunicarlo en forma expresa a los editores, constituye un comportamiento editorial antiético e inaceptable. Constituye una decisión editorial publicar un trabajo que se encuentra en estudio para su publicación en otra revista o volver a publicar un trabajo cuya difusión es de interés de la revista, con el correspondiente aval del autor y/o quien haya publicado el trabajo.
- Fuentes: Los trabajos de otros autores deben ser siempre reconocidos. Los autores deben
citar las publicaciones que fueran importantes en la determinación de la naturaleza del trabajo. Las informaciones obtenidas en persona, en una conversación, correspondencia o discusión con terceros, no deben ser utilizadas o relatadas sin el permiso explícito dado por escrito por parte de dichas personas. La información obtenida por medio de servicios confidenciales, tales como arbitraje de manuscritos o pedidos de trabajo, no deben ser utilizados sin permiso explícito por escrito del autor del trabajo desarrollado en dichos servicios.
- Autoría: La autoría de los trabajos debe ser restringida a aquellos que hicieron una contribución significativa para la concepción, proyecto, interpretación del estudio a ser publicado. Todos aquellos que hicieran contribuciones significativas deben ser identificados como autores del trabajo. Asimismo, las personas que participaron en ciertos aspectos del proyecto de investigación deben ser identificados como colaboradores del mismo. El autor principal debe garantizar que todos los autores y colaboradores estén incluidos en el artículo y que están de acuerdo con la versión final del manuscrito remitido para su evaluación y posterior publicación.
- Divulgación y conflicto de intereses: Todos los autores deben informar si en un trabajo existe algún tipo de conflicto financiero o de otra naturaleza que pueda influenciar los resultados o la interpretación de los mismos. Se debe dar información de cuáles son las fuentes de apoyo financiero que colaboraron con el proyecto de investigación que pretende ser publicado.
- Errores fundamentales en trabajos ya publicados: Cuando un autor descubre un error significativo en la impresión de su trabajo publicado está obligado a informar inmediatamente a los editores de la revista y cooperar con ellos para corregir el artículo.

Políticas de sección

a) Doctrina: Esta sección presenta trabajos originales y es evaluada por pares (referato doble ciego).
b) Comentarios a Jurisprudencia y Dictámenes de la Procuración del Tesoro de la Nación En esta sección se publicarán comentarios a fallos o sentencias de tribunales locales, nacionales e internacionales. Se exigen que los trabajo sean originales y son evaluados por pares (referato doble ciego).
c) Investigaciones. En esta sección se publicarán trabajo de investigación (proyectos de investigación, informes de avance, informes finales) que se hayan desarrollado o estén en curso en el marco institucional de una Universidad o de una agencia oficial de investigación. Será evaluado por pares (Referato doble ciego).
d) Experiencias y doctrina del Cuerpo de Abogados/as del Estado. Esta sección está destinada a la publicación de artículos de abogados/as del Estado argentino que cuentan con una enorme conocimiento práctico en la defensa de lo público para que expongan su experiencia y las construcciones teóricas que utilizan en el marco concreto de la labor jurídica que desarrollan a diario.
e) Opinión En esta sección se publicarán columnas de opinión, cuyo formato será libre, no existiendo para este caso evaluación por pares, a fin de garantizar la total libertad de expresión de sus autores.

Otras cuestiones relativas a la revista:

Fuentes de financiamiento
Nuestra revista es financiada por la Procuración del Tesoro de la Nación del Gobierno de la República Argentina.
Política de acceso abierto
Esta revista proporciona un acceso abierto inmediato a su contenido, basado en el principio de que ofrecer al público un acceso libre a las investigaciones ayuda a un mayor intercambio global de conocimiento. Publicar en la Revista de la Escuela del Cuerpo de Abogados/as del Estado es totalmente GRATIS, la revista no tiene cargos por procesamiento de artículo, ni tampoco tiene cargos por envío de artículos.
Política de preservación
Los materiales publicados en esta revista son depositados en la página de la Procuración del Tesoro de la Nación. Los respaldos automáticos y copias remotas, adecuaciones de formatos, verificaciones de integridad y demás actividades requeridas para asegurar la preservación digital se realizan a través de dicha página web.
Política de Disponibilidad de datos
La Revista de la ECAE promueve la transparencia y la reproducibilidad de las investigaciones publicadas para que otros/as investigadores/as puedan replicar los estudios descritos en sus artículos, ya sea para corroborar o para refutar los resultados obtenidos, de acuerdo con lo establecido por la Ley Nacional 26.899 de Repositorios digitales institucionales de acceso abierto Para favorecer la reproducibilidad de los resultados, la revista requiere que los/as autores/as pongan a disposición y sin restricciones los conjuntos de datos con los que han realizado la investigación descrita en su artículo. En caso de existir limitaciones derivadas de causas éticas o legales, los/as autores/as deberán indicar cómo deben hacer otros/as investigadores/as para acceder a dichos datos. Se solicita a los/as autores/as el uso de formatos que maximicen la accesibilidad y la reusabilidad de los datos (por ejemplo, en caso de utilizar datos tabulares se sugiere emplear una planilla de cálculo). En caso que ser necesario, se recomienda publicar junto con los datos los algoritmos o los tratamientos (pipelines) que deben realizarse sobre dichos datos para su correcta interpretación.

Contacto

Dirección: Defensa 119 8°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Código postal: C1065AAA
Teléfono: +5411 4331-2712/14/20
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