Presidencia de la Nación

Nuevas líneas de financiamiento productivo Banco Nación-Gobierno de la Provincia de Santa Fe

El Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Santa Fe conjuntamente con el Banco Nación, lanzaron una línea de financiamiento productiva específica para la provincia. Está dirigida a financiar proyectos de inversión, tanto de actividades primarias, como industria y servicios. El monto total de la línea asciende a $ 26.500 millones.


Los principales objetivos de la línea son los siguientes: I) Incremento de la productividad, II) La mejora de los procesos productivos a través de la incorporación de tecnologías, III) La transformación de granos en alimentos, IV) Estimular distintos sectores de la economía provincial al financiar inversiones y capital de trabajo, V) Estimular la inclusión, el arraigo, a la incorporación de los jóvenes y las familias en los procesos productivos y VI) La generación de empleo.

BENEFICIARIO: Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, bajo cualquier forma societaria o unipersonal, del sector Productivo (incluido el Sector Cooperativo), que estén radicadas en la Provincia de Santa Fe y que cuenten con un certificado de elegibilidad emitido por el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Santa Fe, el cual no será vinculante para el BANCO. Al respecto, deberán verificar las restricciones del punto COMUNICACIÓN ‘‘A’’ 7140 Y 7240 DEL BCRA. Las Actividades Productivas a considerarse dentro de la presente Reglamentación, deberán hallarse comprendidas en algunos de los siguientes sectores:

  1. Lácteo.
  2. Agropecuario.
  3. Ganadero.
  4. Porcinos.
  5. Avícola.
  6. Legumbres.
  7. Miel.
  8. Frutihortícola y Forestal.
  9. Acuícola.
  10. Arrocero.
  11. Industria y Servicios.
  12. Hidrovial

DESCRIPCIÓN: Inversiones, con criterio amplio, exclusivamente para las Actividades Productivas N° 1, 3, 4, 5, 8, 9, 11 y 12 (Lácteo, Ganadero, Porcinos, Avícola, Frutihortícola y Forestal, Acuícola, Industria y Servicios y Hidrovial (incluye el financiamiento de la construcción de nuevas naves industriales dentro de Parques Industriales de la Provincia de Santa Fé, en el marco del Plan “Construyendo Industrias”). Capital de Trabajo y/o Gastos de Evolución exclusivamente para las Actividades Productivas N° 2, 6, 7, 8 y 10 (Agropecuario, Legumbres, Miel, Frutihortícola y Forestal y Arrocero).

TASA DE INTERÉS:

  • Inversiones: Hasta 16%
  • Capital de trabajo: Hasta 20%

Este programa de financiamiento apunta a fortalecer las distintas actividades productivas de la provincia. El Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología tomará a exclusivo cargo una bonificación de 3 (tres), 5 (cinco) u 8 (ocho) p.p.a. a definir en el certificado de elegibilidad que emita a tal fin.

La bonificación se mantendrá vigente durante los primeros 36 meses del préstamo en el caso del financiamiento de inversiones y durante los primeros 12 meses del préstamo en el caso del financiamiento de capital de trabajo y/o gastos de evolución.

Una vez transcurridos los 36 o 12 meses mencionados, el cliente abonará la tasa de interés completa de la línea.

Para acceder a la bonificación el Ministerio emitirá a cada solicitante un certificado de elegibilidad contemplando distintos criterios de elegibilidad según el sector.

CARACTERÍSTICAS: MONTO MÁXIMO POR USUARIO
- Hasta la suma de $ 2.000.000 para las Actividades Productivas N° 2, 6, 7, 8 y 9 (Agropecuario, Legumbres, Miel, Frutihortícola y Forestal y Acuícola)
- Hasta la suma de $ 5.000.000 para las Actividades Productivas N° 1 y 10 (Lácteo y Arrocero)
- Hasta la suma de $15.000.000 para las Actividades Productivas N° 3,4 y 5 (Ganadero, Porcinos y Avícola).
- Hasta la suma de $ 10.000.000 para la Actividad Productiva N° 12 (Hidrovial)
- Hasta la suma de $ 60.000.000 para la Actividad Productiva N° 11 (Industria y Servicios)
- Los montos máximos establecidos, se encuentran expresados por titular o solicitante, bajo cualquier tipo de modalidad de vinculación, incluyendo Grupos económicos.

PROPORCIÓN DEL APOYO
Hasta el 100 % del valor de compra o tasación, de ambos el menor, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.

PLAZO:
Inversiones: mínimo de 48 meses y máximo de hasta 60 meses, con un período de gracia de hasta 180 días, incluido en el Plazo Total del Préstamo.

CAPITAL DE TRABAJO: Único de 18 meses, sin período de gracia.

www.santafe.gob.ar/index.php/web/content/view/full/238126/(subtema)/234948

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