Llamado a conversión de LECER X20E3 y X17F3, LEDES S31E3, S28F3 Y S31M3, BOTE TB23 y BONCER TC23 y TX23 por una canasta de LEDES o por una canasta de BONOS DUALES
LICITACIÓN PARA LA CONVERSIÓN DE LECER X20E3 Y X17F3, LEDES S31E3, S28F3 Y S31M3, BOTE TB23 Y BONCER TC23 Y TX23 POR UNA CANASTA DE INSTRUMENTOS EN EL MARCO DEL ARTÍCULO 11 DEL DECRETO 331/2022 INCORPORADO EN LA LEY COMPLEMENTARIA PERMANENTE DE PRESUPUESTO.
El Ministerio de Economía invita, en los términos del artículo 11 del Decreto 331/2022, a los tenedores de los instrumentos que se describen a continuación, a participar de una operación de conversión de su Título Elegible, por alguna de las Opciones de Canastas detalladas seguidamente:
Títulos Elegibles:
- LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS AJUSTADA POR CER A DESCUENTO VENCIMIENTO 20 DE ENERO DE 2023 (LECER X20E3),
- LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS A DESCUENTO CON VENCIMIENTO 31 DE ENERO DE 2023 (LEDES S31E3),
- BONO DEL TESORO NACIONAL EN PESOS BADLAR PRIVADA MÁS 5,25% CON VENCIMIENTO 6 DE FEBRERO DE 2023 (BOTE TB23),
- LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS AJUSTADA POR CER A DESCUENTO CON VENCIMIENTO 17 DE FEBRERO DE 2023 (LECER X17F3),
- LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS A DESCUENTO CON VENCIMIENTO 28 DE FEBRERO DE 2023 (LEDES S28F3),
- BONOS DEL TESORO NACIONAL EN PESOS CON AJUSTE POR C.E.R. 4% VTO. 2023 (BONCER TC23),
- BONO DEL TESORO NACIONAL EN PESOS AJUSTADO POR CER 1,4% VENCIMIENTO 25 DE MARZO DE 2023 (BONCER TX23), y
- LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS A DESCUENTO CON VENCIMIENTO 31 DE MARZO DE 2023 (LEDES S31M3).
Opciones de Canasta:
-
Opción de Canasta 1: conversión de su Título Elegible por una canasta compuesta en un veinticinco por ciento (25%) de la reapertura de la LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS A DESCUENTO CON VENCIMIENTO 28 DE ABRIL DE 2023 (S28A3), en un treinta y cinco por ciento (35%) de la reapertura LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS A DESCUENTO CON VENCIMIENTO 31 DE MAYO DE 2023 (S31Y3) y en un cuarenta por ciento (40%) de la nueva LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS A DESCUENTO CON VENCIMIENTO 30 DE JUNIO DE 2023 (S30J3) (en adelante los “Nuevos Instrumentos”);
-
Opción de Canasta 2: conversión de su Título Elegible por una canasta compuesta en un treinta y cinco por ciento (35%) de la reapertura del BONO DE LA NACION ARGENTINA EN MONEDA DUAL VENCIMIENTO JULIO DE 2023 (TDL23), en un treinta y cinco por ciento (35%) de la reapertura del BONO DE LA NACION ARGENTINA EN MONEDA DUAL VENCIMIENTO SEPTIEMBRE DE 2023 (TDS23) y en un treinta por ciento (30%) de la reapertura del BONO DE LA NACION ARGENTINA EN MONEDA DUAL VENCIMIENTO FEBRERO DE 2024 (TDF24) (en adelante los “Nuevos Instrumentos”).
Detalle de los Títulos Elegibles:
Títulos Elegibles para la Conversión | Especie | Código de Negociación | Vencimiento | Valor Técnico por Cada VNO $ 1.000 |
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LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS AJUSTADA POR CER A DESCUENTO VENCIMIENTO 20 DE ENERO DE 2023 (TE1-OP 1 y TE1-OP2) | LECER | X20E3 | 20/01/2023 | $ 1.851,9000 |
LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS A DESCUENTO CON VENCIMIENTO 31 DE ENERO DE 2023 (TE2-OP1 y TE2-OP2) | LEDES | S31E3 | 31/01/2023 | $ 1.000,0000 |
BONO DEL TESORO NACIONAL EN PESOS BADLAR PRIVADA MÁS 5,25% CON VENCIMIENTO 6 DE FEBRERO DE 2023 (TE3-OP1 y TE3-OP2) | BOTE | TB23 | 06/02/2023 | $ 1.122,4144 |
LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS AJUSTADA POR CER A DESCUENTO CON VENCIMIENTO 17 DE FEBRERO DE 2023 (TE4-OP1 y TE4-OP2) | LECER | X17F3 | 17/02/2023 | $ 1.790,6000 |
LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS A DESCUENTO CON VENCIMIENTO 28 DE FEBRERO DE 2023 (TE5-OP1 y TE5-OP2) | LEDES | S28F3 | 28/02/2023 | $ 1.000,0000 |
BONOS DEL TESORO NACIONAL EN PESOS CON AJUSTE POR C.E.R. 4% VTO. 2023 (TE6-OP1 y TE6-OP2) | BONCER | TC23 | 06/03/2023 | $ 8.424,4480 |
BONO DEL TESORO NACIONAL EN PESOS AJUSTADO POR CER 1,4% VENCIMIENTO 25 DE MARZO DE 2023 (TE7-OP1 y TE7-OP2) | BONCER | TX23 | 25/03/2023 | $ 3.616,5494 |
LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS A DESCUENTO CON VENCIMIENTO 31 DE MARZO DE 2023 (TE8-OP1 y TE8-OP2) | LEDES | S31M3 | 31/03/2023 | $ 1.000,0000 |
Detalle de los Nuevos Instrumentos:
Nuevos Instrumentos que conforman la Opción de Canasta 1 | Especie | Código de Negociación | Vencimiento | Porcentaje que integra la canasta |
---|---|---|---|---|
LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS A DESCUENTO CON VENCIMIENTO 28 DE ABRIL DE 2023 (reapertura) | LEDES | S28A3 | 28/04/2023 | 25% |
LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS A DESCUENTO CON VENCIMIENTO 31 DE MAYO DE 2023 (reapertura) | LEDES | S31Y3 | 31/05/2023 | 35% |
LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS A DESCUENTO CON VENCIMIENTO 30 DE JUNIO DE 2023 (nueva) | LEDES | S30J3 | 30/06/2023 | 40% |
Nuevos Instrumentos que conforman la Opción de Canasta 2 | Especie | Código de Negociación | Vencimiento | Porcentaje que integra la canasta |
---|---|---|---|---|
BONO DE LA NACION ARGENTINA EN MONEDA DUAL VENCIMIENTO JULIO DE 2023 (reapertura) | BONO DUAL | TDL23 | 31/07/2023 | 35% |
BONO DE LA NACION ARGENTINA EN MONEDA DUAL VENCIMIENTO SEPTIEMBRE DE 2023 (reapertura) | BONO DUAL | TDS23 | 29/09/2023 | 35% |
BONO DE LA NACION ARGENTINA EN MONEDA DUAL VENCIMIENTO FEBRERO DE 2024 (reapertura) | BONO DUAL | TDF24 | 28/02/2024 | 30% |
La recepción de las ofertas comenzará a las 10:00 horas y finalizará a las 15:00 horas del día martes 3 de enero de 2023 (T) y la liquidación de las ofertas recibidas y adjudicadas se efectuará el día viernes 6 de enero de 2023 (T+3).
La licitación será con un pliego por Título Elegible y por Opción de Canasta. Las ofertas que se presenten deberán seguir el siguiente criterio:
a) en la Opción de Canasta 1 deberán indicar el monto de VNO en pesos del Título Elegible que entregarán en conversión por la Opción Canasta 1 y el PRECIO EN PESOS POR CADA VNO $1.000, CON DOS DECIMALES, DE LA OPCIÓN DE CANASTA 1.
b) en la Opción de Canasta 2 deberán indicar el monto de VNO en pesos del Título Elegible que entregarán en conversión por la Opción Canasta 2 y el PRECIO EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES POR CADA VNO USD 1.000, CON DOS DECIMALES, DE LA OPCIÓN CANASTA 2.
Para determinar la cantidad de VNO a entregar de los Nuevos Instrumentos de cada uno de las canastas a cada participante, se utilizará el siguiente criterio:
Opción de Canasta 1 (OP1):
VNO OP1 TE1-OP1= VNO TE1-OP1 * VT TE1-OP1 / PC TE1-OP1
VNO OP1 TE2-OP1= VNO TE2-OP1 * VT TE2-OP1 / PC TE2-OP1
VNO OP1 TE3-OP1= VNO TE3-OP1 * VT TE3-OP1 / PC TE3-OP1
VNO OP1 TE4-OP1= VNO TE4-OP1 * VT TE4-OP1 / PC TE4-OP1
VNO OP1 TE5-OP1= VNO TE5-OP1 * VT TE5-OP1 / PC TE5-OP1
VNO OP1 TE6-OP1= VNO TE6-OP1 * VT TE6-OP1 / PC TE6-OP1
VNO OP1 TE7-OP1= VNO TE7-OP1 * VT TE7-OP1 / PC TE7-OP1
VNO OP1 TE8-OP1= VNO TE8-OP1 * VT TE8-OP1 / PC TE8-OP1
Donde:
VT es valor técnico de cada Título Elegible (TE).
PC precio de corte del pliego del TE de la Opción de Canasta 1.
Para la distribución de los Nuevos Instrumentos de la canasta, se tomará el VNO de la canasta obtenido por cada una de las fórmulas detallas, y se le aplicarán los porcentajes asignados a cada instrumento, redondeándose el VNO obtenido del Nuevo Instrumento al entero más cercano de la denominación mínima.
Opción de Canasta 2 (OP2):
VNO OP2 TE1-OP2= (VNO TE1-OP2 * VT TE1-OP2) / (PC TE1-OP2 * TCR)
VNO OP2 TE2-OP2= (VNO TE2-OP2 * VT TE2-OP2) / (PC TE2-OP2 * TCR)
VNO OP2 TE3-OP2= (VNO TE3-OP2 * VT TE3-OP2) / (PC TE3-OP2 * TCR)
VNO OP2 TE4-OP2= (VNO TE4-OP2 * VT TE4-OP2) / (PC TE4-OP2 * TCR)
VNO OP2 TE5-OP2= (VNO TE5-OP2 * VT TE5-OP2) / (PC TE5-OP2 * TCR)
VNO OP2 TE6-OP2= (VNO TE6-OP2 * VT TE6-OP2) / (PC TE6-OP2 * TCR)
VNO OP2 TE7-OP2= (VNO TE7-OP2 * VT TE7-OP2) / (PC TE7-OP2 * TCR)
VNO OP2 TE8-OP2= (VNO TE8-OP2 * VT TE8-OP2) / (PC TE8-OP2 * TCR)
Donde:
VT es valor técnico de cada Título Elegible (TE).
PC precio de corte del pliego del TE de la Opción de Canasta 2.
TCR es el tipo de cambio de referencia de la Comunicación “A” 3500 publicado por el Banco Central de la República Argentina del día 2 de enero de 2023.
Para la distribución de los Nuevos Instrumentos de la Opción Canasta 2, se tomará el VNO de la canasta obtenido por cada una de las fórmulas detallas, y se les aplicarán los porcentajes asignados de cada instrumento, redondeándose el VNO obtenido del Nuevo Instrumento al entero más cercano de la denominación mínima.
ANTES DE LAS 18 HS DEL DÍA JUEVES 5 DE ENERO (T+2), los participantes que presenten ofertas deberán transferir el total de su Título Elegible aceptado desde su cuenta en la Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos y Fideicomisos Financieros (CRYL) del Banco Central de la República Argentina (BCRA), a la cuenta de la Secretaría de Finanzas 99990-01 en esa entidad. Si algún participante tuviera su Título Elegible depositado en Caja de Valores S.A. deberá tomar los recaudos necesarios para que antes del tiempo límite de recepción, los Títulos Elegibles sean transferidos primero a su cuenta en CRYL y luego a la cuenta de la Secretaría de Finanzas.
En caso de incumplimiento en la entrega del Título Elegible, la liquidación se realizará el viernes 6 de enero de 2023 mediante el débito del valor efectivo correspondiente al Título Elegible, de la cuenta corriente en pesos de la entidad financiera participante en el BCRA, siendo aplicable la fórmula:
MONTO EFECTIVO = VNO TE1 * VT TE1 / 1.000.
MONTO EFECTIVO = VNO TE2 * VT TE2 / 1.000.
MONTO EFECTIVO = VNO TE3 * VT TE3 / 1.000.
MONTO EFECTIVO = VNO TE4 * VT TE4 / 1.000.
MONTO EFECTIVO = VNO TE5 * VT TE5 / 1.000.
MONTO EFECTIVO = VNO TE6 * VT TE6 / 1.000.
MONTO EFECTIVO = VNO TE7 * VT TE7 / 1.000.
MONTO EFECTIVO = VNO TE8 * VT TE8 / 1.000.
La participación en la presente oferta implica la aceptación de esta condición.
El viernes 6 de enero de 2023 (T+3), la CRYL acreditará los Nuevos Títulos que conforman las canastas en las cuentas de cada participante en esa entidad, y debitará el valor efectivo en los casos de incumplimiento.
La licitación por conversión se efectuará de acuerdo a los procedimientos aprobados por la Resolución Conjunta de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda Nº 9/2019.
IMPORTANTE: LAS OFERTAS QUE SE PRESENTEN DEBERÁN INDICAR PARA LA OPCIÓN CANASTA 1 EL MONTO DE VNO EN PESOS DEL TÍTULO ELEGIBLE QUE ENTREGARÁN EN CONVERSIÓN POR LA OPCIÓN CANASTA 1 Y EL PRECIO EN PESOS POR CADA VNO $1.000, CON DOS DECIMALES, DE LA CANASTA 1; Y PARA LA OPCIÓN DE CANASTA 2 DEBERÁN INDICAR EL MONTO DE VNO EN PESOS DEL TÍTULO ELEGIBLE QUE ENTREGARÁN EN CONVERSIÓN POR LA OPCIÓN CANASTA 2 Y EL PRECIO EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES POR CADA VNO USD 1.000, CON DOS DECIMALES, DE LA OPCIÓN CANASTA 2.
- Detalle de los Nuevos Instrumentos de la operación de conversión de activos:
Opción de Canasta 1:
LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS A DESCUENTO CON VENCIMIENTO 28 DE ABRIL DE 2023 (S28A3 – reapertura)
Fecha de emisión original | 15 de julio de 2022 |
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Fecha de reapertura | 6 de enero de 2023 |
Fecha de vencimiento | 28 de abril de 2023 |
Plazo remanente | 112 días |
Moneda de emisión y pago | Pesos |
Suscripción | Podrá ser suscripto con el Título Elegible a su valor técnico a la fecha de liquidación, según lo establecido en el artículo 11° del Decreto 331/2022 incorporado a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto mediante artículo 26 del Decreto mencionado. |
Amortización | Íntegra al vencimiento |
Intereses | A descuento |
Denominación mínima | VNO $ 1 |
Negociación | MERCADO ABIERTO ELECTRÓNICO (MAE) y en bolsas y mercados de valores del país |
Ley aplicable | Ley de la REPÚBLICA ARGENTINA |
LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS A DESCUENTO CON VENCIMIENTO 31 DE MAYO DE 2023 (S31Y3 – reapertura)
Fecha de emisión original | 30 de diciembre de 2022 |
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Fecha de reapertura | 6 de enero de 2023 |
Fecha de vencimiento | 31 de mayo de 2023 |
Plazo remanente | 145 días |
Moneda de emisión y pago | Pesos |
Suscripción | Podrá ser suscripto con el Título Elegible a su valor técnico a la fecha de liquidación, según lo establecido en el artículo 11° del Decreto 331/2022 incorporado a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto mediante artículo 26 del Decreto mencionado. |
Amortización | Íntegra al vencimiento |
Intereses | A descuento |
Denominación mínima | VNO $ 1 |
Negociación | MERCADO ABIERTO ELECTRÓNICO (MAE) y en bolsas y mercados de valores del país |
Ley aplicable | Ley de la REPÚBLICA ARGENTINA |
LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS A DESCUENTO CON VENCIMIENTO 30 DE JUNIO DE 2023 (S30J3 – nueva)
Fecha de emisión | 6 de enero de 2023 |
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Fecha de vencimiento | 30 de junio de 2023 |
Plazo | 175 días |
Moneda de emisión y pago | Pesos |
Suscripción | Podrá ser suscripto con el Título Elegible a su valor técnico a la fecha de liquidación, según lo establecido en el artículo 11° del Decreto 331/2022 incorporado a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto mediante artículo 26 del Decreto mencionado. |
Amortización | Íntegra al vencimiento |
Intereses | A descuento |
Denominación mínima | VNO $ 1 |
Negociación | MERCADO ABIERTO ELECTRÓNICO (MAE) y en bolsas y mercados de valores del país |
Ley aplicable | Ley de la REPÚBLICA ARGENTINA |
Opción de Canasta 2:
BONO DE LA NACION ARGENTINA EN MONEDA DUAL VENCIMIENTO JULIO 2023 (TDL23 - reapertura)
Fecha de emisión original | 12 de agosto de 2022 |
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Fecha de reapertura | 6 de enero de 2023 |
Fecha de vencimiento | 31 de julio de 2023 |
Plazo remanente | 206 días |
Moneda de denominación | Dólares estadounidenses |
Moneda de pago | Pesos |
Suscripción | Podrá ser suscripto con el Título Elegible a su valor técnico a la fecha de liquidación, según lo establecido en el artículo 11° del Decreto 331/2022 incorporado a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto mediante artículo 26 del Decreto mencionado. |
Tipo de Cambio Inicial | Tipo de cambio de referencia publicado por el BCRA en función de la Comunicación "A" 3500 correspondiente al día hábil previo a la licitación (T-1) |
Tipo de Cambio Aplicable | Tipo de cambio de referencia publicado por el BCRA en función de la Comunicación "A" 3500 correspondiente al tercer día hábil previo a la respectiva fecha de pago |
Amortización | Íntegra al vencimiento |
Condición de pago al vencimiento | En la fecha de vencimiento se abonará en pesos el máximo entre: (a) el valor nominal emitido denominado en dólares estadounidenses convertido a pesos al Tipo de Cambio Inicial, ajustado conforme al Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) referido en el artículo 4º del decreto 214/02, informado por el Banco Central de la República Argentina, correspondiente al período transcurrido entre los diez (10) días hábiles anteriores a la fecha de emisión y los diez (10) días hábiles anteriores a la fecha de vencimiento del servicio de amortización de capital más un cupón del 2% anual, sobre capital ajustado, pagadero al vencimiento y será calculado sobre la base de un año de trescientos sesenta (360) días integrado por doce (12) meses de treinta (30) días cada uno; y (b) el valor nominal emitido denominado en dólares estadounidenses convertido a pesos al Tipo de Cambio Aplicable. |
Si el vencimiento del Bono Dual no fuere un día hábil, la fecha de pago será el día hábil inmediato posterior a la fecha de vencimiento original. Para el caso del punto a) se devengarán los intereses hasta la fecha de vencimiento original. | |
Denominación mínima | VNO USD 1 |
Negociación | MERCADO ABIERTO ELECTRÓNICO (MAE) y en bolsas y mercados de valores del país |
Ley aplicable | Ley de la REPÚBLICA ARGENTINA |
BONO DE LA NACION ARGENTINA EN MONEDA DUAL VENCIMIENTO SEPTIEMBRE 2023 (TDS23 - reapertura)
Fecha de emisión original | 12 de agosto de 2022 |
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Fecha de reapertura | 6 de enero de 2023 |
Fecha de vencimiento | 29 de septiembre de 2023 |
Plazo remanente | 266 días |
Moneda de denominación | Dólares estadounidenses |
Moneda de pago | Pesos |
Suscripción | Podrá ser suscripto con el Título Elegible a su valor técnico a la fecha de liquidación, según lo establecido en el artículo 11° del Decreto 331/2022 incorporado a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto mediante artículo 26 del Decreto mencionado. |
Tipo de Cambio Inicial | Tipo de cambio de referencia publicado por el BCRA en función de la Comunicación "A" 3500 correspondiente al día hábil previo a la licitación (T-1) |
Tipo de Cambio Aplicable | Tipo de cambio de referencia publicado por el BCRA en función de la Comunicación "A" 3500 correspondiente al tercer día hábil previo a la respectiva fecha de pago |
Amortización | Íntegra al vencimiento |
Condición de pago al vencimiento | En la fecha de vencimiento se abonará en pesos el máximo entre: (a) el valor nominal emitido denominado en dólares estadounidenses convertido a pesos al Tipo de Cambio Inicial, ajustado conforme al Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) referido en el artículo 4º del decreto 214/02, informado por el Banco Central de la República Argentina, correspondiente al período transcurrido entre los diez (10) días hábiles anteriores a la fecha de emisión y los diez (10) días hábiles anteriores a la fecha de vencimiento del servicio de amortización de capital más un cupón del 2,25% anual, sobre capital ajustado, pagadero al vencimiento y será calculado sobre la base de un año de trescientos sesenta (360) días integrado por doce (12) meses de treinta (30) días cada uno; y (b) el valor nominal emitido denominado en dólares estadounidenses convertido a pesos al Tipo de Cambio Aplicable. |
Si el vencimiento del Bono Dual no fuere un día hábil, la fecha de pago será el día hábil inmediato posterior a la fecha de vencimiento original. Para el caso del punto a) se devengarán los intereses hasta la fecha de vencimiento original. | |
Denominación mínima | VNO USD 1 |
Negociación | MERCADO ABIERTO ELECTRÓNICO (MAE) y en bolsas y mercados de valores del país |
Ley aplicable | Ley de la REPÚBLICA ARGENTINA |
BONO DE LA NACION ARGENTINA EN MONEDA DUAL VENCIMIENTO 28 FEBRERO DE 2024 (TDF24 - reapertura)
Fecha de emisión original | 30 de septiembre de 2022 |
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Fecha de reapertura | 6 de enero de 2023 |
Fecha de vencimiento | 28 de febrero de 2024 |
Plazo remanente | Aprox. 1,1 años |
Moneda de denominación | Dólares estadounidenses |
Moneda de pago | Pesos |
Suscripción | Podrá ser suscripto con el Título Elegible a su valor técnico a la fecha de liquidación, según lo establecido en el artículo 11° del Decreto 331/2022 incorporado a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto mediante artículo 26 del Decreto mencionado. |
Tipo de Cambio Inicial | Es el Tipo de Cambio de Referencia (TCR) publicado por el BCRA en función de la Comunicación "A" 3500 correspondiente al día hábil previo a la licitación (T-1) |
Tipo de Cambio Aplicable | Es el Tipo de Cambio de Referencia (TCR) publicado por el BCRA en función de la Comunicación "A" 3500 correspondiente al tercer día hábil previo a la respectiva fecha de pago |
Amortización | Íntegra al vencimiento |
Condición de pago al vencimiento | En la fecha de vencimiento se abonará en pesos el máximo entre: (a) el valor nominal emitido denominado en dólares estadounidenses convertido a pesos al Tipo de Cambio Inicial, ajustado conforme al Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) referido en el artículo 4º del decreto 214/02, informado por el Banco Central de la República Argentina, correspondiente al período transcurrido entre los diez (10) días hábiles anteriores a la fecha de emisión y los diez (10) días hábiles anteriores a la fecha de vencimiento del servicio de amortización de capital más un cupón del 3% anual, sobre capital ajustado, pagadero al vencimiento y será calculado sobre la base de un año de trescientos sesenta (360) días integrado por doce (12) meses de treinta (30) días cada uno; y (b) el valor nominal emitido denominado en dólares estadounidenses convertido a pesos al Tipo de Cambio Aplicable. |
Si el vencimiento del Bono Dual no fuere un día hábil, la fecha de pago será el día hábil inmediato posterior a la fecha de vencimiento original. Para el caso del punto a) se devengarán los intereses hasta la fecha de vencimiento original. | |
Denominación mínima | VNO USD 1 |
Negociación | MERCADO ABIERTO ELECTRÓNICO (MAE) y en bolsas y mercados de valores del país |
Ley aplicable | Ley de la REPÚBLICA ARGENTINA |
A continuación, se presentan mayores detalles de la licitación:
DETALLES DE LA LICITACIÓN NO CONTENIDOS EN LA RESOLUCIÓN CONJUNTA 9/2019 PARA LA CONVERSIÓN DE ACTIVOS
Comisiones | No se pagarán comisiones. |
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Fecha de liquidación | 6 de enero de 2023 (T+ 3). |
Oferta mínima | VNO $ 10.000. Todo monto superior deberá ser múltiplo de VNO $1. |
Determinación de los VNO de las Canastas que suscriben y la composición de VNO de Nuevos Instrumentos | Para determinar la cantidad de VNO a entregar de los Nuevos Instrumentos de cada uno de las canastas a cada participante, se utilizará el siguiente criterio: |
Opción de Canasta 1 (OP1): | |
VNO OP1 TE1-OP1= VNO TE1-OP1 * VT TE1-OP1 / PC TE1-OP1 | |
VNO OP1 TE2-OP1= VNO TE2-OP1 * VT TE2-OP1 / PC TE2-OP1 | |
VNO OP1 TE3-OP1= VNO TE3-OP1 * VT TE3-OP1 / PC TE3-OP1 | |
VNO OP1 TE4-OP1= VNO TE4-OP1 * VT TE4-OP1 / PC TE4-OP1 | |
VNO OP1 TE5-OP1= VNO TE5-OP1 * VT TE5-OP1 / PC TE5-OP1 | |
VNO OP1 TE6-OP1= VNO TE6-OP1 * VT TE6-OP1 / PC TE6-OP1 | |
VNO OP1 TE7-OP1= VNO TE7-OP1 * VT TE7-OP1 / PC TE7-OP1 | |
VNO OP1 TE8-OP1= VNO TE8-OP1 * VT TE8-OP1 / PC TE8-OP1 | |
Donde: | |
VT es valor técnico de cada Título Elegible (TE). | |
PC precio de corte del pliego del TE de la Opción de Canasta 1. | |
Para la distribución de los Nuevos Instrumentos de la canasta, se tomará el VNO de la canasta obtenido por cada una de las fórmulas detallas, y se les aplicarán los porcentajes asignados a cada instrumento, redondeándose el VNO obtenido del Nuevo Instrumento al entero más cercano de la denominación mínima. | |
Opción de Canasta 2 (OP2): | |
VNO OP2 TE1-OP2= (VNO TE1-OP2 * VT TE1-OP2) / (PC TE1-OP2 * TCR) | |
VNO OP2 TE2-OP2= (VNO TE2-OP2 * VT TE2-OP2) / (PC TE2-OP2 * TCR) | |
VNO OP2 TE3-OP2= (VNO TE3-OP2 * VT TE3-OP2) / (PC TE3-OP2 * TCR) | |
VNO OP2 TE4-OP2= (VNO TE4-OP2 * VT TE4-OP2) / (PC TE4-OP2 * TCR) | |
VNO OP2 TE5-OP2= (VNO TE5-OP2 * VT TE5-OP2) / (PC TE5-OP2 * TCR) | |
VNO OP2 TE6-OP2= (VNO TE6-OP2 * VT TE6-OP2) / (PC TE6-OP2 * TCR) | |
VNO OP2 TE7-OP2= (VNO TE7-OP2 * VT TE7-OP2) / (PC TE7-OP2 * TCR) | |
VNO OP2 TE8-OP2= (VNO TE8-OP2 * VT TE8-OP2) / (PC TE8-OP2 * TCR) | |
Donde: | |
VT es valor técnico de cada Título Elegible (TE). | |
PC precio de corte del pliego del TE de la Opción de Canasta 2. | |
TCR es el tipo de cambio de referencia de la Comunicación “A” 3500 publicado por el Banco Central de la República Argentina del día 2 de enero de 2023. | |
Para la distribución de los Nuevos Instrumentos de la Opción Canasta 2, se tomará el VNO de la canasta obtenido por cada una de las fórmulas detallas, y se les aplicarán los porcentajes asignados de cada instrumento, redondeándose el VNO obtenido del Nuevo Instrumento al entero más cercano de la denominación mínima. | |
Liquidación | ANTES DE LAS 18 HS DEL DÍA JUEVES 5 DE ENERO (T+2), los participantes que presenten ofertas deberán transferir el total de su Título Elegible aceptado desde su cuenta en la Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos y Fideicomisos Financieros (CRYL) del Banco Central de la República Argentina (BCRA), a la cuenta de la Secretaría de Finanzas 99990-01 en esa entidad. Si algún participante tuviera su Título Elegible depositado en Caja de Valores S.A. deberá tomar los recaudos necesarios para que antes del tiempo límite de recepción, los Títulos Elegibles sean transferidos primero a su cuenta en CRYL y luego a la cuenta de la Secretaría de Finanzas. |
En caso de incumplimiento en la entrega del Título Elegible, la liquidación se realizará el viernes 6 de enero de 2023 mediante el débito del valor efectivo correspondiente al Título Elegible, de la cuenta corriente en pesos de la entidad financiera participante en el BCRA, siendo aplicable la fórmula: | |
MONTO EFECTIVO = VNO TE1 * VT TE1 / 1.000. | |
MONTO EFECTIVO = VNO TE2 * VT TE2 / 1.000. | |
MONTO EFECTIVO = VNO TE3 * VT TE3 / 1.000. | |
MONTO EFECTIVO = VNO TE4 * VT TE4 / 1.000. | |
MONTO EFECTIVO = VNO TE5 * VT TE5 / 1.000. | |
MONTO EFECTIVO = VNO TE6 * VT TE6 / 1.000. | |
MONTO EFECTIVO = VNO TE7 * VT TE7 / 1.000. | |
MONTO EFECTIVO = VNO TE8 * VT TE8 / 1.000. | |
La participación en la presente oferta implica la aceptación de esta condición. | |
El viernes 6 de enero de 2023 (T+3), la CRYL acreditará los Nuevos Instrumentos que conforman las canastas en las cuentas de cada participante en esa entidad, y debitará el valor efectivo en los casos de incumplimiento. | |
Montos a colocar para la conversión | Hasta los montos máximos emitidos de los instrumentos que conforman cada una de las canastas. |