Presidencia de la Nación

La SRT introdujo actualizaciones en la normativa de estrés térmico y tensión térmica

Lo hizo a través de la Resolución SRT 30/2023, que sustituye lo previsto en relación a este factor de riesgo laboral en el anexo 2 del Decreto 351/1979 -modificado luego en 2003 por el Ministerio de Trabajo de la Nación, a través del artículo 3 de la Resolución 295- por las nuevas “Especificaciones técnicas sobre carga térmica-estrés por calor”.


Las modificaciones introducidas en la Resolución alcanzan a los apartados correspondientes a la carga térmica contemplados en los Decretos 911/1996 (Reglamento para la industria de la Construcción) y 249/2007 (Reglamento de Higiene y Seguridad para la Actividad Minera), como así también a aspectos de la actividad agraria previstos en el Decreto 617/1997.

La publicación de esta resolución implica no sólo una actualización de los límites relacionados con la carga térmica en base a criterios internacionales, sino también una verdadera adecuación de dichos criterios al plexo normativo local.

El objetivo fundacional del proyecto, materializado en esta Resolución, es actualizar aquellas exigencias y especificaciones técnicas relacionadas con la reducción de riesgos laborales, estableciendo criterios que tengan en cuenta los avances tecnológicos y científicos, las nuevas y cambiantes modalidades de trabajo y recomendaciones en materia de salud ocupacional.

Desde el aspecto técnico, las modificaciones incluyen:

  • Actualizar el esquema de gestión para el estrés por calor.

  • Introducir el concepto de Valor Límite de Acción y las obligaciones emanadas a partir de alcanzar estos valores.

  • Actualizar los límites en función a la publicación de la American Conference of Governmental Industrial (ACGIH).

  • Completar el método Índice TGBH (índice de Temperatura de Globo y Bulbo Húmedo) según los lineamientos de la Norma ISO 7243, que se encuentra parcialmente desarrollada en la Resolución MTEySS 295/03, y que ya fuera establecido su uso en el Decreto Reglamentario 351/1979.

  • Implementar la realización del monitoreo personal del estrés por calor en determinadas condiciones, situación no contemplada en la Resolución MTEySS 295/03.

  • Agregar el cálculo de la Tasa Metabólica según Norma ISO 8996.

  • Definir el concepto de Temperatura Central Media según Norma ISO 9886.

  • La implementación de esquemas definidos para planes de aclimatación, cuestión de importante relevancia y no contemplada hasta el momento en la normativa.

  • Definición de las características mínimas que deben reunir los instrumentos de medición.

  • Redefinieron del procedimiento de cálculo para tiempos de trabajo y recuperación.

  • Incorporación de nuevas medidas preventivas focalizadas en la mitigación del riesgo.

  • Introducción del concepto de alertas por temperaturas extremas.

  • Contemplación de situación de emergencia médica.

La nueva Resolución es, además, el resultado de un trabajo impulsado desde la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) a través de un equipo de especialistas, con la participación de otras instituciones y organizaciones de la sociedad civil con idoneidad en la materia.

Este grupo multidisciplinario debatió los aspectos más relevantes y necesarios para efectuar las modificaciones, promoviendo una mayor dinámica de trabajo a fin de favorecer los cambios introducidos.

Estas modificaciones afectan a todas las tareas que se realicen en los establecimientos y explotaciones, persigan o no fines de lucro, cualquiera sea la naturaleza económica de las actividades.

La norma entrará en vigencia a partir de los 180 días corridos contados desde su publicación en el Boletín Oficial.

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