Presidencia de la Nación

La industria nacional de “estufas garraferas” se encuentra protegida con medidas antidumping provisionales, hasta tanto concluya la investigación

CONTINÚASE LA INVESTIGACIÓN


A través de la Resolución Resolución 401/2023, el Ministerio de Economía fijó una medida antidumping a las exportaciones hacia la Argentina de ”estufas, de gas licuado en garrafas, sin ventilación exterior, de capacidad superior a 2500 kcal/h pero inferior o igual a 4300 kcal/h”, originarias de China.

La Resolución establece una medida antidumping provisional que estará vigente lo que dure la investigación hasta su resolución final, bajo la forma de un valor FOB mínimo de exportación de 44,46 USD por unidad.

La solicitud de investigación fue presentada en julio de 2022, en el marco del artículo 4° del Decreto 1.393/08, por las firmas ESKABE y TECNOLOGÍA DE AVANZADA, ante la Subsecretaría de Política y Gestión Comercial (SSPYGC).

La investigación iniciada es producto del trabajo conjunto entre la Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE) y la SSPyGC. Ambos organismos continuarán realizando su análisis técnico de acuerdo a la normativa vigente y a la documentación recabada, para continuar avanzando en la investigación en curso.

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*Este instrumento se encuentra al alcance de todas las empresas argentinas que consideren que las importaciones de los productos que fabrican están ingresando a nuestro país a precios y cantidades tales que están dañando a su industria. Para conocer los requisitos y cuestiones formales a tener en cuenta hacé click aquí

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