Presidencia de la Nación

Juntos contra la violencia institucional


El 08 de mayo de 1987, tres jóvenes amigos fueron asesinados por agentes de la policía bonaerense, en la localidad de Ingeniero Budge. Agustín Olivera, Oscar Aredes y Roberto Argañaraz recibieron entre siete y diez balazos por la espalda cada uno, luego de ser identificados erróneamente como los responsables de un acto vandálico ocurrido en un comercio de la zona.

Trece años más tarde, los policías involucrados en el fusilamiento fueron condenados a 11 años de prisión por homicidio simple. Pero, recién en 2007, fueron efectivamente apresados y enviados a prisión.

Este hecho le dio visibilidad a un tipo de prácticas violatorias que tienen lugar en plena democracia. Desde el Estado nacional, se instituyó ese día como el “Día Nacional de la Lucha contra la Violencia Institucional”, al señalar que toda práctica de violación de derechos ocasionadas por las fuerzas de seguridad y efectores de salud debe ser considerada violencia institucional.

¿Dónde denunciar?

Si fuiste víctima o sufriste un hecho de violencia por parte de agentes de fuerzas de seguridad o funcionarios públicos, llamá al 0-800-122-5878. Tu denuncia es importante, ya que es el primer paso para que intervenga la justicia y se pongan en marcha los mecanismos de protección, asistencia, investigación y sanción de las personas responsables del hecho.

Para tener en cuenta:

  • Si fuiste víctima de golpes, maltratos o torturas, dirigite inmediatamente a un hospital o centro de salud y pedí un certificado que dé cuenta de tu estado de salud.
  • Registrá las lesiones a través de fotos o videos.
  • Toda la información y detalles que puedas brindar sobre lo que te sucedió es importante.

¿Qué tengo que saber si me “paran” en la calle?

  • Tenés derecho a transitar libremente y a no ser privado de tu libertad sin orden de un juez o fiscal que así lo establezca. Recordá que es importante que circules con tu DNI o cualquier otro documento que acredite tu identidad.
  • La policía u otra fuerza de seguridad pueden pedirte que muestres tu documento de identidad únicamente en los casos en los que exista una sospecha fundada sobre la comisión de un delito.
  • La sospecha nunca puede vincularse con tu situación social, edad, rasgos étnicos, identidad de género, entre otros.
  • Solo en caso de que exista una sospecha fundada y no tengas ninguna identificación, las fuerzas de seguridad pueden demorarte para averiguar tu identidad, sin necesidad de contar con una orden judicial. Esta privación de tu libertad, nunca puede extenderse por más de 10 horas.
  • En estos casos, no te pueden alojar en una celda ni tampoco con personas detenidas por haber cometido un delito.
  • Pasadas las 10 horas de tu detención, deben liberarte hayan constatado tu identidad o no lo hayan hecho, de lo contrario estás privado de tu libertad.
  • Si te paran por control, la policía no puede retenerte el DNI.
  • No pueden esposarte.
  • No pueden sacarte fotos ni exhibirte ante otras personas.
  • Si tenés menos de 18 años, la policía u otra fuerza de seguridad solo te puede detener si estás cometiendo un delito, y debe informar de manera inmediata a un familiar o persona de tu confianza.

Las fuerzas de seguridad NO pueden:

  • Revisar tus pertenencias sin orden judicial, salvo cuando se presuma la comisión de un delito. Para hacerlo, deben contar con la presencia de dos testigos.
  • Retener tu DNI.
  • Subirte a un móvil sin identificación.
  • Demorarte sin justificación o retrasar sin motivo tu ingreso a una comisaria o centro de detención.
  • Tomarte declaración.
  • Incomunicarte.
  • Hacerte examinar por una persona que no sea médico/a.
  • Sacarte fotos y exhibirlas.
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