Presidencia de la Nación

Extensión extraordinaria para becas por razones de ASPO

Podrán solicitar la extensión las becarias y los becarios cuyas becas finalizan entre el 1º de enero del 2021 y el 28 de febrero de 2022.


La Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación (Agencia I+D+i) decidió extender las becas iniciales y superiores para becarias y becarios cuyos planes de trabajo se hayan visto retrasados por las medidas establecidas por el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) en relación a la asistencia a sus lugares de trabajo (laboratorios, institutos, centros de investigación, etc.) y trabajo de campo.

Las becarias y los becarios cuyas becas finalizan entre el 1º de enero del 2021 y el 28 de febrero de 2022 podrán solicitar la extensión de sus becas. También, se analizarán los casos excepcionales. A continuación se incluye un detalle según tipo de beca:

Beca inicial: las becarias y los becarios iniciales cuyas becas finalicen entre el 1/1/2021 y el 28/2/2022 podrán pedir una extensión de la beca hasta el 31 de marzo del 2022.

Beca superior: las becarias y los becarios superiores cuyas becas finalicen entre el 1/1/2021 y el 28/2/2022 podrán pedir una extensión de la beca de hasta 6 meses y que no se extienda más allá del 31 de marzo del 2022.

Para acceder a la extensión extraordinaria, la becaria o el becario deberán enviar este formulario a la Unidad Administradora que le corresponda, en el que fundamente su solicitud detallando las actividades de su plan de trabajo que no pudo realizar debido al ASPO. Dicha solicitud deberá contar con el aval del investigador/a responsable del proyecto en el cual está radicada la beca. Las solicitudes de extensión se recibirán entre el 1º de enero del 2021 hasta el 28 de febrero de 2021.

Aquellas becarias y becarios cuyas becas finalicen el 1º de enero del 2021 (es decir, que su último mes como becarios activos fue diciembre del 2020) deberán enviar el formulario antes del día 15 de enero para entrar en la certificación mensual de estipendios. Caso contrario, el pago de ese estipendio se hará de manera retroactiva en la siguiente certificación de beca.

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