Presidencia de la Nación

En busca de una ley para regular los procesos colectivos

Los derechos de incidencia colectiva están en la Constitución pero hasta ahora no hay una ley específica. Una comisión de trabajo conformada en el marco del programa Justicia 2020 está trabajando en la redacción de un anteproyecto.


La reforma a la Constitución Nacional de 1994 habilitó la tutela procesal colectiva de los derechos de incidencia colectiva. Sin embargo, no se elaboró una ley específica y desde entonces no hay una normativa clara que regule esta herramienta. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación se encuentra trabajando desde el año que pasado con especialistas y organizaciones de la sociedad civil en la elaboración de un anteproyecto de la Ley de Procesos Colectivos.

En un fallo de 2009, la Corte Suprema creó una nueva vía procesal para la tutela de los derechos de incidencia colectiva al aceptar por primera vez una figura inédita: la “acción de clase”. El máximo tribunal buscó así garantizar los derechos de incidencia colectiva referentes a intereses individuales.

Si existe un número importante de personas con cuestiones similares para resolver en un pleito judicial, el juez puede permitirles integrarse dentro de una “clase”. Es una alternativa eficiente a muchos juicios individuales: se concentran cientos de demandas en un solo juicio, y de esa manera se simplifica la administración de justicia y los costos del proceso.

La comisión de trabajo conformada en el marco del programa Justicia 2020, y bajo la coordinación del Programa Nacional de Coordinación General de Derecho Privado, dirigido por Agustina Díaz Cordero, comenzó a trabajar sobre el documento principal elaborado en la Academia de Derecho, y también tuvieron en cuenta el Código Modelo de Procesos Colectivos para Iberoamérica. Aprobado en 2004 en Caracas, sus consideraciones parten de la necesidad de reconocer que “el proceso tradicional no se adecua a la defensa de los derechos e intereses transindividuales”.

También se tuvo en cuenta proyectos presentados por diversos legisladores, jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y el registro de acciones colectivas que fuera creado para evitar dispendio jurisdiccional, el riesgo que se dicten sentencias contradictorias y lograr un adecuado servicio y acceso a justicia.

Uno de los puntos más destacados del anteproyecto es la publicidad y las notificaciones: esto es, como se da conocimiento de la existencia de un proceso colectivo. Es una cuestión de relevancia porque hace a la legitimación del sistema frente a la sociedad y al respeto y posibilidad de ejercitar derechos constitucionales por parte de quienes no están presentes en el debate y serán afectados por la sentencia.

En este sentido, la jurisprudencia propuso mecanismos innovadores para lograr una comunicación efectiva. Por ejemplo, el uso de las nuevas tecnologías para que los tribunales tengan nuevas formas de dar a conocer este tipo de procesos.

Durante este tiempo de trabajo coordinado toda la información sobre el proceso de elaboración fue publicada en la plataforma virtual de difusión www.justicia2020.gob.ar . El objetivo fue, precisamente, lograr una interacción activa de la sociedad civil, mediante el acceso y participación de las personas interesadas desde cualquier lugar del país, en los debates virtuales y reuniones presenciales.

Una participación diversa

La Comisión redactora de este anteproyecto está integrada por Carlos Balbín, Hernán Calvo, Claudia Caputi, Matías Casal Matías, Leandro Castelli, Javier Cosentino, Agustina Díaz Cordero, Matías Ferrari, Raúl G. Ferreyra, Pablo Heredia, Eduardo Laguinge, Eduardo Oteiza, José María Salgado, Bernardo Saravia Frías, Juan V. Sola y Pamela Tolosa. El facilitador de la comisión es Javier Wajntraub.

Para el debate se convocó a magistrados y funcionarios de la CSJN, de las provincias y de distintos fueros a nivel nacional y federal. Estuvieron Valeria Barbiero (jueza en lo Civil y Comercial de Entre Ríos), Amalia Fernández Balbis (jueza en lo Civil y Comercial de San Nicolás), Fernando Ghisini (juez de la Cámara Civil y Comercial de Neuquén), Ana Clara Pauletti (jueza de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Gualeguaychú), Roque Rebak (juez federal de Villa María), y Valeria Pérez Casado (jueza nacional comercial).

Otros magistrados y funcionarios convocados fueron: Ricardo Li Rosi (juez de la Cámara Nacional en lo Civil), Alejandro Verdaguer (juez nacional en lo Civil), José Salgado (secretario de la Cámara Civil), Javier Cosentino (juez nacional en lo Comercial), Paula Hualde (jueza Nacional en lo Comercial), Fernando Saravia (juez Nacional en lo Comercial), Néstor Cafferatta (secretario letrado de la Corte Suprema) y Elena Nolasco (secretaria judicial de Relaciones de Consumo de la Corte Suprema).

También participaron representantes de organismos, asociaciones de consumidores y especialistas en la materia. Por ejemplo: Adrián Bengolea (Usuarios y Consumidores Unidos), Fernando Blanco Muiño (director nacional de Defensa del Consumidor), Luis Bulrich (Asociación de Bancos Argentinos), Adrián Bressani y Claudio Cesario (Asociación de Bancos de la Argentina), Leandro Castelli (especialista en la materia), Daniel Celentano (Asociación Argentina de Televisión por Cable), Claudia Collado (Acción del Consumidor), Hernán Crosetti (Unión de Consumidores de Argentina) y Martín Dedeu (Unión Industrial Argentina).

También estuvieron Federico Dell’ Aquila y Mariana Regueira Corti (Cámara Argentina de Comercio), Cristina Ehbrecht (Asociación de Bancos Argentinos), (especialista en la materia), Mario de Magalhaes (Asociación de Bancos Públicos y Privados de la República Argentina), Guillermo Marchesi (Fundación Expoterra), Eduardo Regondi (Cámara Argentina de la Mediana Empresa), Antonino Serra Cambaceres (Consumers International), y los especialistas en la materia Juan Sola, Osvaldo Gozaíni y Francisco Verbic.

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