Presidencia de la Nación

Derribando mitos sobre Salud Mental

El 10 de octubre, se celebra el Día Mundial de la Salud Mental, una fecha para promover los derechos de las personas con padecimientos mentales, su autonomía y la mejora de su atención, cuidado y apoyo.


En Argentina, la Ley N° 26.657 de Derecho a la Protección de la Salud Mental, en su artículo 3°, define a la salud mental como “un proceso determinado por componentes históricos, socio-económicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona. Se debe partir de la presunción de capacidad de todas las personas (…)”.

Esta normativa no sólo prioriza el respeto y promueve la dignidad de aquellas personas con padecimientos mentales, sino que además, implica un cambio de paradigma. Se deja de entender a las personas con discapacidad mental como objeto de asistencia para considerarlas sujetos de derechos.

Sin embargo, las personas con padecimiento mental aún sufren el estigma social que pesa sobre la locura. Por eso es fundamental impulsar la transformación de las prácticas sanitarias, institucionales y sociales que promueven la discriminación de las personas usuarias de los servicios de salud mental y que alientan su segregación, exclusión y profundización del padecimiento mental.

Derribando mitos sobre la salud mental:

“La salud mental es una cosas de locos”
FALSO. Según la OMS, 1 de cada 4 personas que vive en las grandes ciudades necesita o necesitará apoyo psicológico durante su vida.

“Las enfermedades mentales son un problema poco frecuente”
FALSO. Según estudios de la OPS/OMS, los trastornos mentales están dentro de las cinco primeras causas de enfermedad en nuestra región.
Por ejemplo, el alcohol y la depresión son los problemas más frecuentes en salud mental.

“Las personas cuya salud mental se encuentra comprometida no están en condiciones de decidir sobre su vida”
FALSO. Todos tenemos derecho a ser escuchados y a tomar decisiones sobre nuestra salud y vida, salvo en situaciones excepcionales y temporarias, de acuerdo a la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por Argentina en 2008.

“La enfermedad mental es irreversible”
FALSO. Los padecimientos mentales pueden afectar parcial y transitoriamente la vida de una persona.
La recuperación es posible con los adecuados apoyos comunitarios.

“Las personas con enfermedad mental deben ser aisladas”
FALSO. Todos tenemos derecho a recibir la adecuada atención de salud, con el acompañamiento de nuestros afectos y comunidad.
El hospital psiquiátrico o la reclusión no son respuestas apropiadas.

“Una persona con enfermedad mental es sólo y exclusivamente un enfermo mental y todos los sentimientos y conductas derivan de esa condición”
FALSO. La condición de enfermedad mental no engloba todas las aspiraciones, deseos y proyectos de quien la padece.

“Las personas con padecimiento mental son peligrosas”.
FALSO. Las personas con padecimientos mentales, en su conjunto, no son más peligrosas que el resto de las personas.

“El cierre de los neuropsiquiátricos deja abandonados a los pacientes”
FALSO. El proceso de atención debe realizarse fuera del ámbito de internación hospitalario, desde un abordaje interdisciplinario e intersectorial.
Se prioriza la inclusión familiar, laboral y cultural en la comunidad.

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