Presidencia de la Nación

Derecho de autor: servicio a distancia vía web

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La Dirección Nacional del Derecho de Autor (DNDA), organismo encargado de inscribir, registrar y custodiar obras publicadas e inéditas de orden literario, artístico y científico, como así también contratos, publicaciones periódicas, seudónimos y editoriales, informa que como parte de la modernización de los trámites y servicios del organismo la solicitud de informes se puede tramitar a distancia, vía web.

La plataforma de Trámites a Distancia que se puso en marcha en 2017 permite brindar sin necesidad de movilizarse un mejor servicio a los autores y titulares, alcanzar a una mayor cantidad de usuarios y federalizar la totalidad de los trámites que realiza.

De manera rápida y eficaz, con una conexión a internet, todo ciudadano puede solicitar información referida a:

  • Registro de Obras
  • Autores y/o Titulares de Derecho
  • Contratos
  • Editoriales
  • Seudónimos
  • Publicaciones Periódicas

Estos informes facilitan la búsqueda de datos que pueden ser de relevancia para el aporte de pruebas tanto en expedientes judiciales como extrajudiciales, y son útiles para verificar datos existentes en los registros de obras o contratos, previos a la negociación de un contrato.

Ese punto es uno de los supuestos más relevantes, dado que los contratos sobre derechos de autor no registrados ante la DNDA son inoponibles a terceros. También es importante en los trámites sucesorios o en un proceso de derecho de familia, debido a que las obras integran el patrimonio del causante y son bienes gananciales de una sociedad conyugal.

Asimismo, la información es de utilidad en un proceso concursal o quiebra, ya que las obras y los contratos integran el patrimonio de una persona humana o jurídica. Lo mismo ocurre al momento de la transferencia de un fondo de comercio o del paquete accionario de una compañía.

Los informes son necesarios además en un expediente administrativo en el que cualquier organismo público deba fundamentar un acto administrativo asociado a la titularidad de esas obras, como en un concurso de antecedentes, la concesión de un subsidio o una licitación pública.

En el caso de las relaciones laborales, será requerido un informe para verificar la titularidad de las obras generadas durante la vigencia de la relación de dependencia.

Asimismo, se deben solicitar pedidos de informes cuando una entidad financiera pretenda utilizar las obras o los derechos por ellas generadas como garantía de operaciones financieras u objeto de objeto de un fideicomiso.

En el caso de seudónimos se solicitan estos informes a los fines de verificar la existencia de homonimia.

Para completar una solicitud de informe a través del trámite a distancia los ciudadanos deben ingresar a la web y luego buscar “solicitud de informe de derecho de autor”. En dicho apartado figurará el monto del formulario, la entidad bancaria y los datos de la cuenta a donde deberá destinar el importe solicitado.

Pasos siguientes

Seguidamente se desplegará una ventana en el que podrá iniciar el trámite acreditando la identidad a través de tres opciones: ANSES, AFIP o con DNI.

El requirente deberá completar el formulario y allí mismo podrá realizar su consulta por una persona humana o persona jurídica y hasta por tres títulos de obras. También podrá consultar respecto de las partes de un contrato o de la titularidad de una publicación periódica.

Una vez que haya completado esa etapa deberá guardar el documento y luego en el botón “adjuntar”, deberá cargar el comprobante de pago y finalizados todos los requerimientos, confirmar el trámite.

Una vez ingresada la solicitud en la plataforma, el organismo procederá a dar curso al trámite y el mismo será contestado por esa misma vía.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo demora la contestación de un pedido de informes?
Los informes serán contestados en un plazo aproximado de CINCO (5) días hábiles.

¿Qué costo tiene un pedido de informes?
Actualmente, la solicitud de informes tiene un valor de $160 pesos

¿Para qué sirve un informe firmado digitalmente?
El informe firmado digitalmente otorga una presunción de autoría sobre el funcionario remitente, por lo que es considerado original con su consecuente valor probatorio. Puede ser solicitado por todo ciudadano que lo requiera, así como también facilita las tareas realizadas por profesionales, abogados, funcionarios y magistrados judiciales. El informe no tiene vencimiento, aunque cabe aclarar que debido a que la DNDA inscribe gran cantidad de obras diariamente, el mismo estará actualizado a la fecha de remisión.

En el caso de expedientes digitales, el informe se incorpora directamente al expediente, conservando su valor probatorio.

¿Por qué se deben seguir solicitando informes si los datos están publicados en Datos Abiertos?
Aunque actualmente los datos de las obras publicadas desde el año 1999 están disponibles en la plataforma de Datos Abiertos la información es parcial y a la fecha del registro. Por tanto no consta si hubo transferencias, contratos asociados, si se registró una declaratoria de herederos o una partición hereditaria, entre otros actos que podrían afectar la titularidad de una obra. Por ello esa información debe ser complementada con un pedido de informes, para tener mayor seguridad jurídica respecto de las obras o sus titulares.

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