Presidencia de la Nación

Decomisamos nueve cráneos de antílope en el Aeropuerto de Ezeiza.


Secuestramos nueve cráneos de antílope de la India con su cornamenta que trasladaba una persona en el Aeropuerto Internacional “Ministro Pistarini” de Ezeiza rumbo a España.

Las pieza óseas fueron detectadas por nuestros oficiales durante los controles de equipajes despachados a bodega próximos a embarcar el vuelo IB 6856 de la empresa Iberia, con destino a la ciudad de Madrid.

Los efectivos observaron a través de los escáneres de rayos X dichos elementos que transportaba el hombre, un piloto de ciudadanía española, como trofeos de caza. Luego de requisar al pasajero y al resto de su equipaje, se le consultó sobre su origen; al no poseer documentación que acreditara su legal origen y tenencia, se procedió a informar a la judicatura interviniente la situación en curso.

Posteriormente, el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 1 a cargo de Federico Villena determinó que se confisquen los cráneos en cuestión quedando a resguardo de esta PSA; a su vez, dispuso que se lo notifique como imputado, se secuestre su pasaporte y se inserte una prohibición de salida del país. La causa fue caratulada como “Infracción a la Ley 22.421- Conservación de la Fauna Silvestre.”

Dicha ley establece los lineamientos legales a cumplimentar para la comercialización y tenencia de animales vivos, productos y subproductos de la fauna silvestre, atento a que la totalidad de la cadena de comercialización dentro de Argentina, así como la importación y la exportación, se encuentra regulada. A su vez, existen una serie de normativas que tienden a su protección, regulando la caza, tránsito interjurisdiccional, comercio y exportación.

Cabe destacar que el antílope de la India está amparado por esta Ley y se encuentra regulado por la Convención Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES). Si bien la caza de la especie está permitida, el cazador debe tener su permiso correspondiente y realizar la actividad en un lugar habilitado por la autoridad provincial, quien a la vez debe emitir la guía de tránsito que acompañe a esos trofeos en el traslado interjurisdiccional. Además, se debe obtener la autorización de exportación y el certificado CITES en la Secretaría de Ambiente de la Nación.




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