Presidencia de la Nación

Caso Florencia Magali Morales: ordenan imputar a los policías por tortura seguida de muerte

En un giro en la causa, el Tribunal de Impugnaciones con asiento en Villa Mercedes, provincia de San Luis, hizo lugar al recurso de apelación presentado por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y ordenó ampliar las indagatorias de los cuatro policías procesados por considerarlos coautores del delito de torturas seguida de muerte.


En abril de 2021, cuando se cumplía un año de la muerte de Florencia Magali Morales, la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación se presentó como querellante en la causa que iba camino a la impunidad. No existían personas imputadas por la muerte de la joven y el juez de instrucción solamente había imputado a cuatro policías por incumplimiento de los deberes de funcionario público.

En ese momento, la Secretaría solicitó que los policías fueran imputados por los delitos de detención ilegal, incomunicación indebida, aplicación de severidades y por homicidio. En mayo de 2021, el Juez hizo lugar al pedido y amplió la imputación de los policías, pero no por el homicidio, sosteniendo que se había tratado de un suicidio. Esa decisión fue apelada por la Secretaría, que aportó elementos médico-forenses que daban cuenta de que Morales había sido estrangulada.

En su resolución día de ayer, el Tribunal de Impugnaciones hizo lugar al recurso y ordenó imputar a los dos policías de mayor rango por los delitos de torturas seguidas de muerte y privación ilegal de la libertad, cometida por funcionario público mediante abuso de sus funciones.

En sus fundamentos, el Tribunal entendió que los policías imputados "(...) se ampararon inicialmente en la infracción al art. 205 del C.P., cuando sabían que solo debían demorar a F.M.M. unos breves minutos para recabar sus datos personales y de forma inmediata debían conducirla a su domicilio particular para evitar que circule en la vía pública. Por lo tanto, la conclusión no puede ser otra que: su detención por la ausencia de motivos legítimos que la justificaran fue, de inicio, a todas luces abusiva y por lo tanto ilegal".

Además, los jueces advirtieron que “(…) el hecho que el magistrado interviniente se haya concentrado en la investigación de delitos residuales y/o subsidiarios, resulta incompatible con la mentada perspectiva de género”.

Por último, se ordenó abrir una investigación por la conducta del médico forense oficial que actuó en la primera autopsia de Magali, por presunto encubrimiento agravado, tal como lo había observado y solicitado la Secretaría en varias oportunidades.

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