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Brigada de San Justo: 16 represores condenados por delitos de lesa humanidad

Después de más de dos años de juicio, el Tribunal Oral Federal N° 1 de La Plata condenó hoy a 16 represores (civiles, policías y militares) por delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura cívico militar contra 84 víctimas en el centro clandestino de detención que funcionó en la Brigada de Investigaciones de San Justo, en el Gran Buenos Aires. Diez de los imputados recibieron perpetuas, seis obtuvieron penas de 25 años de prisión y uno fue absuelto. La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, querellante en la causa, celebró la sentencia.


Entre los condenados están el ex ministro de Gobierno de la provincia de Buenos Aires, Jaime Lamont Smart, y el ex comisario general Miguel Etchecolatz. Es la octava perpetua que recibe Etchecolatz por su participación en delitos de lesa humanidad. El genocida vio el veredicto desde el penal de Campo de Mayo, donde está detenido. En un momento de la lectura de la sentencia se levantó de su silla y mostró un cartel que tenía colgado del pecho con la inscripción “Señor Jesús, si me condenan es por defender tu causa”.

Además de Lamont Smart y Etchecolatz fueron condenados a perpetua Emilio Alberto Herrero Anzorena, Carlos del Señor Hidalgo Garzón, Carlos María Romero Pavón, Ricardo Fernández, Leopoldo Luis Baume, Raúl Carballo, Héctor Horacio Carrera y Jorge Héctor Vidal. Y fueron sentenciados a 25 años de prisión Rubén Alfredo Boan, Rodolfo Enrique Godoy, Roberto Armando Balmaceda, Alejandro Alberto Menichini, Jorge Héctor Di Pasquale y Ricardo Juan García. Roberto Armando Félix fue absuelto. Otros dos imputados murieron en el transcurso del juicio: Juan Manuel Torino y Juan Carlos Ojeda.

El año pasado, el tribunal había aceptado parcialmente un pedido de las querellas y del Ministerio Público Fiscal para ampliar las imputaciones por las agresiones sexuales perpetradas en cautiverio a siete víctimas. En la sentencia dictada hoy, varios de los represores fueron condenados por los abusos cometidos contra esos detenidos y detenidas.

El lugar donde funcionó el ex CCD Brigada San Justo fue señalizado como sitio de memoria en 2013. A pedido de las querellas, el Tribunal Oral Federal exhortó al Ministerio de Seguridad bonaerense a desafectar el lugar —que actualmente ocupa la Dirección Departamental de Investigaciones de San Justo— para convertirlo en Espacio de Memoria. l tribunal

El debate comenzó en agosto de 2018. Durante 2020, por la pandemia, las audiencias se hicieron virtuales. El TOF1 de La Plata está integrado por Alejandro Daniel Esmoris, Pablo Daniel Vega y Nelson Javier Jarazo. La sentencia estaba pautada para el 18 de noviembre, pero el tribunal la pospuso para el 2 de diciembre. Esta suspensión se debió a que uno de los imputados, Ricardo Fernández, ex miembro del Destacamento de Inteligencia 101, había sido declarado “insano”, pero fue evaluado de nuevo por una junta del Cuerpo Médico Forense que determinó que podía ser juzgado como el resto de los acusados.
El tribunal informó que los fundamentos de la sentencia se conocerán el 8 de marzo del año próximo.

LA BRIGADA FUE PARTE DEL CIRCUITO CAMPS
La Brigada de San Justo pertenecía al denominado circuito represivo Camps de la Subzona 11 y Zona I, que dependía del Primer Cuerpo del Ejército. Estaba ubicada en Salta 2450, en San Justo, partido de La Matanza, contiguo a la Comisaría 1. El nombre de este circuito hace alusión al ex general de brigada Ramón Camps, jefe de la Policía Bonaerense durante la última dictadura.

Los hechos que tuvieron condena hoy no llegaron a ser juzgados en el mega proceso judicial por el “Circuito Camps”, que concluyó en 2012. En ese entonces se investigaron los delitos cometidos en seis de los 29 CCD que integraban el circuito represivo. Casi ocho años después, en noviembre pasado, la Cámara Federal de Casación Penal ratificó esas 16 condenas a prisión perpetua.

La Brigada de San Justo fue un centro clandestino de detención que cumplió funciones de reunión, traslado y extracción de información a través de la privación ilegal de la libertad, la tortura y los abusos sexuales. El lugar tenía calabozos en la planta baja y tres habitaciones de la planta alta del edificio. Pero no fue solo un lugar de transferencia, porque se acreditó que también que fue un centro de exterminio de prisioneros.

En el juicio se trataron los los secuestros de María Asunción Artigas, Mónica Sofía Grinspon y Mónica María Lemos. Estuvieron detenidas embarazadas en la Brigada de San Justo y luego fueron trasladadas al Pozo de Banfield, que funcionaba como maternidad clandestina. María Asunción y Mónica dieron a luz en ese centro a sus hijas, Victoria Moyano Artigas y María José Lavalle Lemos, quienes recuperaron su identidad en 1988 y 1987, respectivamente. También se juzgaron los secuestros de Claudio Ernesto Logares y Gustavo Antonio Lavalle. Ambos fueron secuestrados con sus compañeras e hijas.

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