Presidencia de la Nación

Argentina dice presente en el Convenio 108

Nuestro país participó por primera vez como Estado parte de la Reunión Plenaria del Comité del Convenio para la protección de los individuos con respecto al procesamiento automático de datos personales.


Mediante la presencia del titular de la Agencia Eduardo Bertoni, la Argentina fue parte de la 38° Reunión Plenaria del Convenio 108, que se realizó en la sede del Consejo de Europa en Estrasburgo, Francia. Previamente nuestro país había participado de las reuniones plenarias como Estado observador.

En la apertura de la reunión, la Presidente del Comité Consultivo del Convenio 108 Alessandra Pierucci felicitó a la República Argentina por su participación por primera vez como Estado Parte.

Argentina se convirtió recientemente en el miembro Nro. 54 en suscribir el Convenio 108 para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal y su Protocolo Adicional. Asimismo somos el tercer país latinoamericano en acceder a este convenio.

Los instrumentos de adhesión al Convenio y su Protocolo Adicional, firmados por el Presidente de la Nación Mauricio Macri y por el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto Jorge Faurie, fueron enviados al Secretario General del Consejo de Europa el pasado 25 de febrero, mientras que estos instrumentos internacionales entraron en vigor en nuestro país el 1 de junio de 2019.

El Convenio 108 es el único instrumento multilateral de carácter vinculante en materia de protección de datos personales, que tiene por objeto proteger la privacidad de los individuos contra posibles abusos en el tratamiento de sus datos. Dado que se encuentra abierta la adhesión a cualquier Estado –no miembro del Consejo de Europa-, es el único estándar vinculante que tiene el potencial de ser aplicado en todo el mundo, proporcionando seguridad jurídica y previsibilidad en las relaciones internacionales.

Suscripto en 1981, el Convenio 108 se ha convertido en la columna vertebral de la legislación de protección de datos personales en Europa y en el resto del mundo. En virtud de este Convenio, las Estados Parte deben tomar las medidas necesarias en su legislación nacional para aplicar en su territorio los principios que el Convenio dispone con el fin de garantizar un tratamiento adecuado de los datos personales y que los titulares de los datos puedan ejercer sus derechos.

El Protocolo Adicional requiere que cada Estado Parte establezca una autoridad independiente para garantizar el cumplimiento de los principios de protección de datos y establece normas sobre los flujos de datos transfronterizos.

Más información en el sitio de Protección de Datos del Consejo de Europa.

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