Presidencia de la Nación

Agricultura asistirá a tenedores y tenedoras de aves traspatio afectados por la Influenza Aviar

A fin de paliar el impacto de la crisis sanitaria ocasionada por la propagación del virus. Se prevé el pago de $2.500 por cada ave sacrificada.


La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación oficializó hoy el Programa de Asistencia Económica por la Emergencia Sanitaria - Influenza Aviar H5 y H7 para tenedores y tenedoras de aves de traspatio, a través de la Resolución Conjunta 4/2023.

La medida tiene el objetivo de asistir a los tenedores/as de aves de traspatio cuyas existencias se han visto afectadas por la enfermedad y la ejecución de medidas de contingencia sanitaria establecidas en la Resolución N° 73 del 18 de febrero de 2010 del Senasa.

El Secretario Juan José Bahillo destacó "la medida adoptada por el ministro de Economía, Sergio Massa, de acompañar a las y los productores afectados", al explicar que la asistencia a percibir por cada beneficiario consistirá en un único pago de $2.500 por cada de ave sacrificada con el objetivo de contener la enfermedad en predios afectados.

Para acceder a la ayuda, se detallan como requisitos:

-Estar inscripto/a en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) del referido Servicio Nacional en la "Actividad de Aves de Traspatio".

-Haber sido afectado/a por una medida de sacrificio de aves de traspatio en el marco de aplicación de las medidas sanitarias contempladas en el plan de contingencia establecido por el organismo descentralizado.

-No haber obstaculizado o impedido la labor de los agentes del referido organismo en ninguna de las instancias del procedimiento de intervención de emergencia sanitaria, lo que deberá quedar plasmado en el acta de intervención realizada oportunamente.

-Haber notificado de manera inmediata al Senasa ante la aparición de síntomas de la enfermedad aviar, o haber sido considerado por el mencionado servicio sanitario como vínculo epidemiológico de un brote, o bien, haber sido detectado durante la tarea de rastrillaje que éste realiza en la zona de control sanitaria asociada a un brote.

-Cumplir con el procedimiento de solicitud del beneficio a través de la Oficina Local del Senasa de la jurisdicción en la que se encuentre ubicado el predio o establecimiento donde se encontraban los animales sacrificados.

Los interesados deberán presentarse ante la Oficina Local del referido Servicio Nacional de la jurisdicción en la que se encuentre ubicado el predio o establecimiento donde se encontraban los animales sacrificados y solicitar expresamente el beneficio.

Para acceder a la Resolución, haga click aquí.

Scroll hacia arriba