Aclaración de la Subsecretaría de Energías Renovables
Con motivo de la nota publicada en el portal Econojournal el 22 de diciembre de 2017, titulada “Renovables: Polémica por nuevas adjudicaciones del RenovAr”, escrita por los señores Nicolás Gandini y Fernando Krakowiak, este Ministerio de Energía y Minería manifiesta que rechaza categóricamente las afirmaciones e insinuaciones allí expresadas que pretenden poner en duda la transparencia y legitimidad del proceso de selección y las decisiones adoptadas en la Ronda 2 del Programa RenovAr, llevado adelante por este Ministerio, así como mancillar el buen nombre y honor de sus funcionarios.
Todo el proceso y las adjudicaciones decididas se cumplieron con estricto respeto del marco normativo vigente y del Pliego de Bases y Condiciones que rigió la convocatoria, que absolutamente todos los oferentes aceptaron sin cuestionamientos.
Para la denominada Fase 2 de la Ronda 2, se decidió invitar a quienes no resultaron adjudicatarios en una primera instancia, hasta cubrir el 50% adicional de la Potencia Requerida –originalmente 1.200 MW– para las cuatro tecnologías en las que existían ofertas sin adjudicar, siempre que cumplan con los requisitos establecidos, entre ellos, que acepten una reducción del precio de su oferta y que asuman los costos de las obras de ampliación del sistema de transporte necesarias para su conexión.
La invitación en la Fase 2, hasta cubrir la ampliación de potencia adicional –600 MW–, se efectuó respetando estrictamente el orden de mérito determinado de manera objetiva por el Precio Ofertado Ajustado, aplicando el mismo criterio de adjudicación para todas las ofertas, de todas las tecnologías. Así, de las 120 ofertas invitadas, ubicadas en 18 provincias, resultaron adjudicadas por haber aceptado la invitación en estricto orden de mérito, 22 proyectos, de las cuatro tecnologías convocadas, localizados en 12 provincias distintas.
El objetivo de la Fase 2 fue ampliar la potencia adjudicada obteniendo una reducción de los precios ofertados, en beneficio de todos los usuarios del sistema eléctrico, motivo por el cual de ninguna manera se justificaría habilitar a quienes ofertaron precios más bajos –lo que les permitió ser adjudicatarios– elevar sus precios al promedio de los precios adjudicados. Nada tiene de “curioso” –según los términos de la nota– que no se haya permitido esa posibilidad. Una decisión en ese sentido hubiese sido irrazonable, perjudicial para los derechos de los usuarios y contraria al bien común.
De igual modo, cabe mencionar que para aquel proyecto que deba sumar obras de ampliación del sistema de transporte, siempre a su entero costo, y en particular en referencia al caso puntual del proyecto mencionado en la publicación, significa una reducción natural indirecta del precio a niveles aun por debajo del más bajo de toda la licitación, contrario a lo que los autores de la nota indican.
Por lo antes expuesto, no deja de llamar la atención que la nota se preocupe por los intereses económicos de una empresa en particular, que aceptó las reglas y compitió en igualdad de condiciones con otras 57 de su misma tecnología, sin siquiera mencionar lo que es más beneficioso para el conjunto de usuarios del sistema eléctrico y, por lo tanto, para nuestro país.
Por otro lado, poner en tela de juicio la conveniencia del plazo de 20 años de los contratos a firmar sólo demuestra falta de conocimiento por parte de los autores de la nota sobre las características de la estructuración de proyectos energéticos en general y en particular de proyectos de energías renovables y de las condiciones necesarias para su desarrollo.
El Programa RenovAr es un ejemplo de transparencia, que ha incentivado la competencia del sector privado de un modo inédito en nuestro país y que ha concitado el reconocimiento doméstico e internacional como pocas veces se ha visto. Ha quedado demostrado que RenovAr se presenta en el contexto mundial como una de las formas más exitosas en la estructuración de proyectos de infraestructura de largo plazo, implementado con rapidez y con múltiples beneficios para el conjunto de la sociedad.