Presidencia de la Nación

Acciones para mayor seguridad en operaciones en LAD

La ANAC incluirá información sobre normativa vigente referida a accidentes, en la documentación destinada a responsables de “Lugar Apto Denunciado”. Fue como respuesta a una RSO de la JIAAC que solicitaba elaborar un plan de capacitación para transferir conocimientos mínimos en el momento de la habilitación.

La ANAC incluirá información sobre normativa vigente referida a accidentes, en la documentación destinada a responsables de “Lugar Apto Denunciado”. Fue como respuesta a una RSO de la JIAAC que solicitaba elaborar un plan de capacitación para transferir conocimientos mínimos en el momento de la habilitación.

La Dirección General de Infraestructura y Servicios Aeroportuarios de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) confirmó que en la documentación enviada al propietario o responsable de “Lugares Apto Denunciados” (LAD) agregará información acerca del cumplimiento de la normativa vigente referida a accidentes según el Código Aeronáutico.

En una respuesta formal a la JIAAC, esa Dirección indicó que dicha información será incluida en la documentación enviada al propietario o responsable “en oportunidad del registro” de un “Lugar Apto Denunciado” (LAD) así como también mediante publicación de una “Circular de Información Aeronáutica” (AIC).

La medida se relaciona con la Recomendación de Seguridad Operacional (RSO) N° 1515 que exhortaba a “elaborar un plan de capacitación para transferir conocimientos mínimos, acompañado de un chequeo inicial y periódico (examen) a distancia” para el “responsable de LAD”.

Tal como se describe en esa RSO, la habilitación y posterior utilización de LAD exige designar una persona con responsabilidades y atribuciones orientadas a informar el estado de pista, a la vez de asegurar el mantenimiento de la misma. En ese sentido, también se recomendó “orientar en el cumplimiento de normativas generales, como los art. 186, 187, 188 y 206 del Código Aeronáutico, referentes a accidentes/incidentes de aeronaves”.

“Estas pautas podrían ser contenidas en forma resumida en una cartilla que se entregue a mencionados responsables al momento de su designación y aprobación del LAD”, agrega.

Por otra parte, la RSO 1515 recomendaba “realizar un relevamiento e inspecciones periódicas de los LAD habilitados y disponer de un listado actualizado de los mismos”, junto a “información del estado de pistas y asesoramiento en cuanto al mantenimiento para garantizar la seguridad operacional”.

Esta RSO fue emitida a raíz del accidente de la aeronave tipo experimental Aerospool Edra WT9-Dinamic Matrícula PU-CPK, de procedencia brasileña, ocurrido el 1° de febrero de 2015 en zona rural de Cholila (provincia de Chubut).

“En un vuelo de aviación general procedente del aeródromo de General Roca (Río Negro), en la fase de aterrizaje en la pista del LAD N° 2843 (Lago Cholila-Chubut), la aeronave rozó con el ala izquierda unos arbustos, produciendo la pérdida de control del avión con impacto de la puntera del plano derecho y de la hélice contra el terreno. El piloto y su acompañante resultaron sin lesiones y el avión con rotura del tren principal derecho y de nariz, impacto de la hélice contra el terreno y de la puntera de plano derecho”, tal como describe la reseña.

El Informe de Seguridad Operacional (ISO) se puede leer haciendo click aquí

En los últimos años se han registrado 31 sucesos de aeronaves de tipo experimental. De ello, 28 fueron accidentes, 1 incidente y dos intervenciones. De los 28 accidentes, en 9 casos (32%) se presentaron lesiones fatales a las personas (12 víctimas fatales contabilizadas), ubicando a este tipo de aeronave como una de las más riesgosas.


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