Presidencia de la Nación

Resolución 6 / 2002

COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO


TRABAJO AGRARIO

JORNADA DE TRABAJO (SANTA CRUZ, CHUBUT Y T.D.F.)

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 22-Mayo-2002
Resumen:

ESTABLECESE QUE, LA JORNADA DE TRABAJO PARA TODO EL PERSONAL COMPRENDIDO EN EL REGIMEN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO, EN EL AMBITO DE LAS PROVINCIAS DE SANTA CRUZ, CHUBUT Y TIERRA DEL FUEGO NO PODRA EXCEDER DE OCHO HORAS DIARIAS O CUARENTA Y OCHO SEMANALES, DE LUNES A SABADOS.

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