Presidencia de la Nación

Resolución GENERAL 4609 / 2019

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

BENEFICIO DETRACCION ANTICIPADA DECRETO 688/2019

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 11-Oct-2019
Resumen:

LOS EMPLEADORES QUE AL 31 DE AGOSTO DE 2019 HUBIESEN DECLARADO COMO ACTIVIDAD PRINCIPAL, SEGÚN EL “CLASIFICADOR DE ACTIVIDADES ECONOMICAS” -FORMULARIO Nº 883- APROBADO POR LA RESOLUCION GENERAL Nº 3.537, ALGUNA DE LAS COMPRENDIDAS EN EL ANEXO DEL DECRETO N° 688/19 Y ASIMISMO SE ENCUENTREN INSCRIPTOS EN EL REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES CONFORME EL ARTICULO 29 DE LA LEY Nº 23.661 Y SUS MODIFICACIONES, Y/O EN EL REGISTRO NACIONAL DE OBRAS SOCIALES A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 27 DE LA LEY N° 23.660 Y SUS MODIFICACIONES –AMBOS DE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, ORGANISMO DESCENTRALIZADO DEL MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL-, SERAN CARACTERIZADOS EN EL “SISTEMA REGISTRAL” CON EL CODIGO “449 - BENEFICIO DETRACCION ANTICIPADA DTO. 688/2019”, A FIN DE APLICAR EL BENEFICIO DE LA DETRACCION AMPLIADA PREVISTO EN EL CITADO DECRETO, A PARTIR DEL PERIODO DEVENGADO AGOSTO DE 2019.

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