Normativa
EXPEDIENTE Nº 54.096 SINTESIS:
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Reemplazar el artículo 3 de la Resolución S.S.N. Nº 36.696, el cual quedará redactado de la siguiente manera “ARTICULO 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial”.
ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. JUAN A. BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
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NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio A. Roca 721 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Reemplazar el artículo 3 de la Resolución S.S.N. Nº 36.696, el cual quedará redactado de la siguiente manera “ARTICULO 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial”.
ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. JUAN A. BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
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NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio A. Roca 721 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
e. 09/05/2012 N° 48142/12 v. 09/05/2012